Actividad

La actividad a la que va a dedicarse la sociedad quedará reflejada en la escritura de constitución como objeto social.

Si prevés que puedes desarrollar distintas líneas de negocio, tengan o no relación, inclúyelas en tu objeto social. Esto no te obliga a realizar todas las actividades ahora pero si te permite hacerlo en un futuro sin tener que modificar los estatutos y, por tanto, las escrituras.

Es muy importante tener claro cuál es el epígrafe del IAE que corresponde a la actividad a realizar ya que puede condicionar la fiscalidad y la forma de facturar. Una vez definido el epígrafe del IAE se puede determinar el código del CNAE que le corresponde.

Fecha de inicio de actividad

Es la fecha en la que la sociedad va a comenzar a realizar las operaciones propias del objeto social. Debe ser posterior o coincidir con la fecha de firma ante notario. No puede superar 3 meses desde la fecha de envío del Documento Único Electrónico (DUE).

Inicio previo de actividad

Muchas veces, la puesta en marcha de un negocio implica la realización de gastos previos. Hacienda permite a los que van a desarrollar una actividad económica poder deducir los gastos que soporten antes de iniciarla siempre que lo comuniquen y estén relacionados con la actividad a realizar.

Tienen que ser gastos fácilmente justificables como inversión necesaria para la futura puesta en marcha del negocio. Por ejemplo, acondicionamiento de local o compra de maquinaria que se utilizará para el desarrollo de la actividad.

En este caso, como inicio de actividad, habrá que comunicar a Hacienda la realización de gastos previos a la obtención de ingresos (casilla 504 de la declaración censal). Cuando se produzca el comienzo habitual de las entregas de bienes o prestaciones de servicios deberá presentarse una nueva declaración indicando esta circunstancia (casilla 508).

Pasos para crear una SL online

Una vez definidos los elementos de la sociedad, para constituirla debes seguir estos pasos:

Solicitar la certificación negativa de denominación social

Para constituir una sociedad necesitas presentar en el notario una certificación del Registro Mercantil de que no existe otra entidad con esa denominación social. La solicitud se puede realizar:

  1. Directamente en las oficinas del Registro Mercantil Central.
  2. Por correo. El registro contestará enviando la certificación contra reembolso a la dirección indicada en la solicitud.
  3. Por vía telemática.

La forma más rápida y barata de hacerlo es por vía telemática. Puedes obtener la certificación en 2 días laborables. En Cómo elegir tu mejor denominación social te explico cómo hacerlo.

Solicitar el certificado bancario de desembolso de capital social

Si aportas capital en efectivo, debes depositarlo en una entidad bancaria y obtener el certificado de su desembolso. Es un trámite que se puede gestionar en unas horas en la sucursal elegida.

Recuerda que no será necesario acreditar la realidad de las aportaciones dinerarias si los socios manifiestan en la escritura que responderán solidariamente frente a la sociedad y frente a los acreedores de la realidad de estas.

Proporcionar al PAE la información para elaborar el DUE

El Punto PAE rellenará el Documento Único Electrónico (DUE) en una aplicación web con los datos que le has facilitado. Por eso, es importante conocer previamente, mediante un asesoramiento personalizado, las características de la actividad empresarial que pondrás en marcha.

El tiempo medio de tramitación de este documento es de 60 minutos. No es necesario hacerlo presencialmente. El Punto PAE elaborará el DUE y te lo enviará para que se lo devuelvas firmado.

El DUE, una vez firmado, se envía a la plataforma web y al notario elegido para iniciar el procedimiento de constitución de la sociedad.

Acudir al notario

El es único trámite que tienes que realizar presencialmente.

La aplicación que tramita el DUE permite reservar la cita en el notario. Puedes elegir cualquier notario que esté adscrito al CIRCE.

A la cita, deberán acudir todos los socios con su documento de identidad y los certificados bancarios y de denominación social.

Una vez firmadas las escrituras, la plataforma enviará la documentación a los distintos organismos para su tramitación.

Recoger las escrituras

El notario te avisará cuando haya terminado la tramitación para que vayas a recoger las escrituras.

Recuerda llevarlas a tu banco para que permita que la cuenta de la SL esté operativa.

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