La denominación social es un aspecto muy importante en la constitución de una sociedad. Si has seguido mis consejos para emprender y sabes que te interesa emprender como sociedad y no como autónomo, el primer paso es elegir el nombre de la entidad.

Seguro que en algún momento, mientras piensas en tu nueva empresa, buscas un nombre atractivo, fácil de recordar, que suene bien y que impacte a tus clientes potenciales.

En España se constituyen cada año alrededor de 94.000 sociedades y cada una de ellas tiene una denominación social que la distingue del resto. Para que tu empresa pueda llamarse tal y como deseas debes obtener un certificado del Registro Mercantil.

A lo largo de este artículo te daré algunos consejos para ayudarte en el registro del mejor nombre para tu empresa.

Qué es la denominación social

La denominación social es el nombre que identifica a una empresa y que la hace diferente a cualquier otro tipo de sociedad mercantil.

Es el nombre de la empresa, el que figura en las escrituras firmadas por los socios ante notario. No tiene porqué asociarse necesariamente a la actividad realizada aunque debe utilizarse en los contratos y facturas de la sociedad.

No debes confundir la denominación social de la empresa o razón social con el nombre comercial o la marca. Muchas empresas creen que poseen el nombre comercial o incluso la marca por haber registrado en su día la denominación social. Pero son conceptos totalmente distintos.

Diferencias entre denominación social, nombre comercial y marca

Razón social o denominación social es el nombre que identifica legalmente a una empresa ante los demás: clientes, proveedores, administraciones públicas…

Es obligatorio solicitar en el Registro Mercantil un certificado de que no existe otra entidad con el mismo nombre para poder constituir una sociedad.

Nombre comercial: no es obligatorio, sino que se adquiere voluntariamente. Otorga el derecho a utilizar ese nombre en el ámbito mercantil y distingue a la sociedad de las demás empresas que realizan actividades idénticas o similares. Se registra en la Oficina de Patentes y Marcas.

No es necesario que coincida con la razón social. Una empresa puede tener varios nombres comerciales para identificar las distintas actividades que realiza.

Marca: permite distinguir los productos o servicios de una empresa de los de las demás. Se pueden registrar palabras, imágenes, figuras, símbolos, gráficos, letras, cifras, formas tridimensionales, sonidos y cualquier combinación de todas ellas.

Puede coincidir o no con la denominación social y se registra en la Oficina de Patentes y Marcas. Si quieres que la empresa sea la propietaria de la marca, la sociedad debe estar constituida antes de solicitarla.

Cómo elegir la denominación social

Dar nombre a un negocio que empieza puede ser una tarea fácil o difícil. Dependerá, entre otras cosas, de tu imaginación, de que el nombre pensado no esté ya reservado, etc.

En España se constituyen cada año alrededor de 94.000 sociedades y cada una de ellas tiene una razón social que la distingue del resto. Al haber tantas entidades registradas es normal que el primer nombre que se te ocurra no sea el que finalmente te concedan porque

  • Puede que ya haya sido reservado previamente
  • O no cumpla los requisitos para que se pueda reservar

Pero no desesperes porque puedes elegir hasta 5 nombres en cada solicitud. Y si no te reservan ninguno, inténtalo de nuevo o solicita uno de los pre-reservados por el Registro.

Reserva de la denominación

La certificación negativa de denominación social es un certificado que emite el Registro Mercantil de que no existe otra sociedad con el mismo nombre. Es un requisito obligatorio para constituir una sociedad o para modificar su razón social.

Para #crearTuEmpresa deberás disponer de una denominación social única, es decir, que no esté ya inscrita en el Registro Mercantil Share on X

Cada denominación social se escribe con el nombre elegido seguido de la forma social o su abreviatura.

Por ejemplo, si vas a constituir una sociedad limitada y quieres llamarla TRANSPORTES PEREZ, la razón social será TRANSPORTES PEREZ, SOCIEDAD LIMITADA  o TRANSPORTES PEREZ, S.L.

La solicitud de certificación negativa se realiza en el Registro Mercantil Central, salvo para las cooperativas. Estas sociedades tienen que solicitar la denominación social en el Registro de Sociedades Cooperativas del Ministerio de Empleo y Seguridad Social (o de la comunidad autónoma).

¿Se puede modificar la denominación social?

Una vez constituida, una entidad puede cambiar su razón social en cualquier momento. Para ello deberá:

  1. Solicitar una nueva certificación negativa de denominación social.
  2. Aprobar en Junta General la modificación del nombre.
  3. Acudir al notario para otorgar escritura pública del acuerdo de la Junta e inscribirla posteriormente en el Registro Mercantil.

Duración de la certificación

La denominación social se reserva durante un plazo de 6 meses desde la emisión de la certificación.

Cuidado! El certificado tiene una vigencia de 3 meses. Si transcurrido este tiempo no has acudido al notario para constituir la sociedad o cambiar la denominación social, deberás solicitar su renovación.

Si pasados 6 meses desde la fecha de expedición de la certificación no se inscribe en el Registro Mercantil correspondiente una sociedad con esa denominación, la reserva caducará. El nombre se liberará automáticamente y cualquiera que lo solicite podrá reservarlo.

¿A nombre de quién debes reservar la denominación social?

  • Si la empresa todavía no se ha constituido: el beneficiario de la solicitud de reserva será cualquiera de los socios fundadores.
  • Si pretendes modificar la denominación social de una entidad: la reserva se solicitará a nombre de la propia sociedad.

Cualquiera puede presentar la solicitud de certificación negativa de denominación social. Pero el beneficiario debe ser un socio fundador cuando se pretenda constituir una entidad o la propia sociedad cuando quiera modificar su denominación social.

Requisitos legales

  • Las sociedades anónimas y las limitadas podrán tener una denominación subjetiva (cuando utilizan el nombre de una persona) o una denominación objetiva (nombre inventado o que no corresponde a una persona).
  • En la denominación social no podrá incluirse total o parcialmente el nombre o el seudónimo de una persona física o jurídica sin su autorización.
  • La denominación objetiva podrá hacer referencia a una o varias actividades económicas o ser de fantasía.
  • No se puede hacer mención a una actividad que no esté incluida en el objeto social.

Por ejemplo, no podrá inscribirse en el Registro Mercantil TRANSPORTES PEREZ, S.L. si en el objeto social no consta como una actividad de la sociedad la de transporte.

  • No pueden formar parte de la denominación siglas o denominaciones abreviadas, salvo las permitidas por la ley para definir la forma social y que no tienen carácter diferenciador.

T.P, S.L. no es un nombre válido.

Si TRANSPORTES PEREZ, S.L. ya está reservado no podrás reservar TRANSPORTES PEREZ, S.A. 

  • No se pueden incluir en la denominación dominios de internet tales como .es, .com, .net…
  • No se puede utilizar en la denominación exclusivamente el nombre de España, sus CC.AA., provincias o municipios. Si se añaden a una denominación, no se consideran elementos diferenciadores.

Ejemplo. No es válida la denominación SEVILLA, S.L..

Si TRANSPORTES PEREZ, S.L. ya está reservado no podrás reservar TRANSPORTES PEREZ SEVILLA, S.L.

  • No podrán inscribirse en el Registro Mercantil las entidades cuya denominación sea idéntica a otra ya existente. Se entiende que existe identidad no sólo en el caso de coincidencia total y absoluta entre denominaciones, sino también cuando se utilicen:
    • Las mismas palabras en distinto orden, género o número.
    • Palabras distintas que tengan la misma expresión o sean fonéticamente semejantes.
    • Las mismas palabras, añadiendo o suprimiendo términos o expresiones genéricas. El Registro Mercantil ha elaborado un listado de términos genéricos o accesorios.

Consejos Prácticos para solicitar la certificación de denominación social

  • Utiliza varias palabras. Si usas sólo 1 es muy posible que coincida o sea similar a otra ya reservada.
  • Añadir un número no es en sí un elemento diferenciador suficiente, salvo que lo acompañes de algún término significativo como “nº de calle” o “fundada”, etc.
  • Si la denominación ya ha sido reservada en un idioma, solicitar el mismo nombre en otro idioma no es suficiente para que te lo concedan.
  • Recuerda usar palabras clave que puedas utilizar en los nombres de dominio, para poder asociar la empresa con la marca digital. El 63% de los dominios con mejor desempeño tienen palabras claves en su URL. Eso ayudará en su SEO futuro.
  • Si no se reserva el nombre que tenías pensado, no pasa nada. Sigue adelante con otras opciones. Lo importante para triunfar no es la denominación social que escojas sino que todo lo demás sea un éxito.

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