El límite de pago en efectivo bajó a 1.000 euros el 11 de julio de 2021. Con esta medida se pretende combatir la economía sumergida y controlar la trazabilidad de todas las operaciones.

La pandemia ha favorecido que el pago en efectivo ya no sea el más habitual: en 2022 sólo lo fue para el 40% de los españoles. Pero no hay que olvidar que pagar en metálico sigue siendo muy importante para ciertos sectores sociales (ancianos, inmigrantes, discapacitados, colectivos más desfavorecidos…) que no cuentan ni con los conocimientos ni los medios para utilizar el dinero digital. Así lo ha advertido el Banco Central Europeo, aunque Bruselas rechaza sancionar a España por este motivo.

Como empresario o profesional debes tener en cuenta el límite en efectivo de 1.000 euros en los pagos que realices o recibas en tu actividad. Incluso aunque sean de particulares. Por eso, vamos a analizar con detalle esta medida financiera.

Límite de pago en efectivo de 1.000 euros

Desde el 11 de julio de 2021 no podrán pagarse en efectivo las operaciones con un importe igual o superior a 1.000 euros en las que una de las partes actúe como empresario o profesional.

El límite también disminuye de 15.000 a 10.000 euros cuando el pagador sea una persona física que no actúe como empresario o profesional y justifique que no tiene su domicilio fiscal en España.

La ley asimila al efectivo los pagos realizados por medios que no permitan acreditar la identidad: oro, cheques de viaje o cheques al portador.

Ejemplos

  • Si compras un sofá para tu hogar en “MUEBLES PÉREZ, S.L” por 1.800€ deberás pagar mediante transferencia bancaria o tarjeta. Ya no podrás hacerlo en efectivo.
  • Si lo compra un extranjero que no resida en España podrá pagarlo en efectivo porque para él el límite está en 10.000€.

Sanción por incumplimiento

El incumplimiento de la limitación de pagos en efectivo se considera una infracción administrativa grave. Tanto el pagador como el que recibe el dinero responderán de forma solidaria de la infracción cometida y de la sanción que se imponga.

El importe de la sanción será el 25% de la cuantía pagada en efectivo de forma indebida.

Ejemplos

Operación entre dos empresarios por importe de 10.000€ pagada en efectivo

Sanción: 25% 10.000€ = 2.500€.

Si sólo se hubieran pagado en efectivo 1.000€ y el resto por transferencia bancaria

Sanción: 25% 1.000€ = 250€.

Es una única sanción de la que responden solidariamente ambos empresarios. Hacienda puede dirigirse contra cualquiera de ellos para cobrarla.

Reducción de la sanción

La sanción por el incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo no es una sanción tributaria sino de naturaleza financiera. Por eso no resultan aplicables las reducciones contempladas en la norma para las sanciones tributarias.

Sin embargo, desde el 11 de julio de 2021 es posible aplicar una reducción del 50% de la sanción si:

  • se realiza el pago una vez recibida la propuesta de sanción pero antes de que se notifique la resolución definitiva y
  • no se recurre.

Denuncia de los pagos en efectivo y sus consecuencias

Si en los 3 meses siguientes a la fecha del pago efectuado en efectivo, una de las partes que intervienen en la operación, denuncia ante Hacienda la fecha, el importe y la identidad de la otra parte no será responsable de la infracción cometida. Por lo tanto, sólo se sancionará a la otra parte.

La denuncia presentada con posterioridad por la otra parte se entenderá como no presentada.

En el apartado de denuncia de pagos en efectivo de la web de la AEAT puede formularse esta denuncia.

Preguntas frecuentes sobre el límite de pago en efectivo

Operaciones entre particulares

Cuando ninguna de las partes actúa como empresario o profesional, la operación no está sujeta a la limitación de pagos en efectivo.

Ejemplo

Compras un coche de segunda mano a un jubilado conocido. Aunque seas empresario o profesional, si no lo afectas a tu actividad estarás actuando como particular al destinar el vehículo a tu uso personal. La operación no está sujeta a la prohibición y podrás abonarla en efectivo aunque supere los 1.000€.

Los pagos en metálico entre particulares no están sujetos a la limitación de #pagos en efectivo de 1.000€ Clic para tuitear

Límite de 1.000 euros ¿Incluido IVA y retención?

Para determinar si se supera o no el límite de 1.000 euros se tiene en cuenta el importe neto total de la operación una vez considerado el IVA y deducidas las cantidades que deban retenerse.

Ejemplo

Un abogado le presta un servicio a una sociedad por 950€. Emite la factura con IVA del 21% (199,50€) y retención a cuenta de su IRPF del 15% (142,50€). El importe total de la operación es 1.007€ por lo que no podrá pagarse en efectivo.

Fraccionamiento del pago de una operación y límite de pago en efectivo

A efectos del cálculo de la cuantía de la operación se sumarán los importes de todos los pagos en que se haya podido fraccionar la entrega del bien o prestación del servicio. Luego

Las operaciones a plazos en las que el importe total iguale o supere los 1.000 euros no podrán pagarse en efectivo.

Ingreso en efectivo en cuenta bancaria del empresario

Este límite no resulta aplicable a los pagos e ingresos efectuados en entidades de crédito.

Si el cliente efectúa el ingreso directamente en la cuenta bancaria que le indicaste, identificando la operación o el número de factura y la persona que realiza la imposición, no se incumple el límite de pago en efectivo.

Sin embargo, como la operación entre tú y tu cliente se encuentra sujeta a la limitación de pagos en efectivo, no podrás cobrarlo en efectivo del cliente y después ingresarlo tú en el banco.

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