La modalidad de pago fraccionado del IS (Impuesto sobre Sociedades) puede cambiarse durante el mes de febrero. ¿Qué opciones permite la ley? ¿Cuál es la más ventajosa para tu entidad? Vamos a analizarlo.

La declaración del IS se presentará en los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo. Lo más habitual es que el ejercicio económico coincida con el año natural. Como éste termina el 31 de diciembre, habrá que presentar el impuesto del 1 al 25 de julio del año siguiente.

Pero Hacienda no espera a julio para recaudar el IS. Se sirve de las retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados satisfechos en el año para que las entidades realicen pagos a cuenta del impuesto a liquidar en julio del año siguiente.

Pago fraccionado del IS

El pago fraccionado del IS es un pago a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo vigente en el momento de su presentación.

La ley establece 2 modalidades de cálculo e incluso un pago mínimo para las empresas con una cifra de negocios superior a 10 millones de euros.

El pago fraccionado se calcula e ingresa presentando una declaración.

Cuando se presenta

Se presenta en los 20 primeros días naturales de los meses de abril (1P), octubre (2P) y diciembre (3P).

Con carácter general se utiliza el Modelo 202. No es necesario presentarlo cuando no hay que realizar ningún ingreso. Las grandes empresas, aquellas cuyo importe neto de la cifra de negocios (INCN) es superior a 6 millones de euros, deben presentarlo obligatoriamente aunque no salga a pagar.

Los grupos fiscales utilizarán el Modelo 222 para realizar el pago fraccionado del IS. Lo presentará la sociedad dominante aunque no deba realizar ingreso alguno.

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