Suplido y provisión de fondos son conceptos que los autónomos deben tener en cuenta a la hora de facturar. De hecho, la Ley del IRPF obliga a los profesionales en estimación directa a llevar un Libro registro de provisiones de fondos y suplidos.

Si quieres aclarar estos conceptos y saber si debes incluirlos en factura formando parte de la base imponible del IVA y del IRPF, continúa leyendo.

¿Qué es un suplido?

En el ejercicio de tu actividad profesional habrás realizado gastos de cuyo pago debe responder tu cliente. Como su gestión y abono se encuentra dentro del servicio que prestas es habitual que los pagues tú.

Por ejemplo, el economista que prepara y presenta las cuentas anuales de una sociedad en el Registro Mercantil es el encargado de pagar los honorarios del depósito de cuentas. El Registro emitirá la factura a nombre de la sociedad y el profesional recuperará el dinero incluyendo el suplido en la factura por los servicios prestados.

Un suplido es una gasto cuyo pago corresponde al cliente pero que tú adelantas en su nombre.

Pero en el momento de facturar surgen dudas sobre cómo reflejar estos pagos en las facturas de servicios. ¿Deben estar sujetas a IVA e IRPF formando parte de la base imponible?

Como autónomo debes saber qué es un suplido y cómo se incluye en factura Clic para tuitear

Requisitos para que un gasto tenga la consideración de suplido

El artículo 78.Tres.3º de la Ley del IVA señala que no se incluyen en la base imponible “las sumas pagadas en nombre y por cuenta del cliente, en virtud de mandato expreso del mismo. El sujeto pasivo vendrá obligado a justificar la cuantía efectiva de tales gastos y no podrá proceder a la deducción del Impuesto que eventualmente los hubiera gravado”.

Por lo tanto, para que un gasto pueda tener la consideración de suplido, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  • Que el gasto se haya realizado en nombre y por cuenta del cliente. Se debe acreditar mediante la correspondiente factura expedida a su nombre.
  • Que se haya abonado por orden del cliente, es decir, en virtud del encargo que éste ha realizado.
  • Que pueda justificarse que se ha realizado su pago.

¿Qué es una provisión de fondos?

Es posible que un profesional se haga cargo de los suplidos y, posteriormente, solicite al cliente su reembolso. Pero lo habitual es que el autónomo reciba, con anterioridad, una cantidad suficiente para afrontar esa serie de gastos a realizar por cuenta y en nombre del cliente. A esto se le conoce como provisión de fondos.

Las provisiones de fondos son cantidades de dinero recibidas del cliente antes de la prestación del servicio

Las provisiones de fondos pueden utilizarse para el pago de suplidos o para el abono de los honorarios del profesional. Debes tener mucho cuidado al distinguirlas ya que su tratamiento fiscal no es el mismo.

  • Provisiones para el pago de suplidos: no forman parte de la base imponible del IVA ni del IRPF.
  • Provisiones para el pago de honorarios: se consideran rendimientos de la actividad profesional. El IVA se devenga en el momento del adelanto de la provisión (como pago anticipado). Del mismo modo estará sujeta a retención o ingreso a cuenta del IRPF en el momento en que se produzca el pago.

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