Una sociedad inactiva es una empresa que no ejerce ninguna actividad económica. Comunica su baja en la actividad a Hacienda y queda en una especie de letargo a la espera de ser reactivada o liquidada.
¿Merece la pena mantener una sociedad inactiva?
¿Dejar una sociedad inactiva o liquidarla?
En la mayoría de los casos, se deja la sociedad inactiva o “dormida” por si en un futuro puede reactivarse la misma actividad u otra. Así se evitan los gastos de disolución y constitución de una nueva entidad. También se salva la sensación de fracaso que puede acarrear el cerrar definitivamente una empresa en la que se pusieron tantos esfuerzos e ilusiones.
Otros de los motivos para mantener la sociedad aunque no realice ninguna actividad es evitar los trámites y gastos que conlleva la disolución y posterior liquidación de la entidad.
Y es que dejar una sociedad inactiva es más fácil que liquidarla. Disolver y liquidar una empresa no es gratis. Ocurre como en los entierros, los costes se disparan. Hay que realizar multitud de trámites como:
- redactar el acta con el acuerdo de disolución
- confeccionar el inventario
- realizar las operaciones de liquidación
- otorgar la escritura de extinción
- inscribirla en el Registro Mercantil
- liquidar el ITPyAJD (Operaciones societarias)
- realizar la baja censal en Hacienda…
Sin embargo, para una sociedad quede inactiva sólo hay que comunicar el cese de actividad a Hacienda.
¿Cómo se declara una sociedad inactiva?
Primero hay que aprobarlo en una Junta General.
Después debe comunicarse a Hacienda, presentando una modificación en la declaración censal del modelo 036. Hay que marcar la casilla 140 “Dejar de ejercer todas las actividades empresariales y/o profesionales (personas jurídicas y entidades sin disolución. Entidades inactivas)” También se rellenará la casilla 141 “Fecha efectiva del cese”.
El plazo para presentar este modelo es de un mes desde que cesa la actividad.
Aunque dejar inactiva una sociedad es más fácil que liquidarla, ten en cuenta que seguirá teniendo obligaciones y responsabilidades #Sociedades19 Share on X
Si piensas que al comunicar la baja en la actividad a Hacienda y dejar la sociedad inactiva te puedes olvidar de ella, estás muy equivocado. Dejar una sociedad inactiva conlleva una serie de responsabilidades y obligaciones. Vamos a analizarlas.
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Obligaciones de una sociedad inactiva
Obligaciones fiscales
IVA
La primera consecuencia de declarar una sociedad inactiva es que a partir de la fecha de cese de la actividad no se pueden emitir facturas. Además, el IVA soportado en las facturas recibidas no será deducible porque la sociedad no se encuentra en el ejercicio habitual de sus operaciones (art. 93 de la Ley del IVA).
La empresa no tendrá que presentar las declaraciones trimestrales de IVA ni su correspondiente resumen anual.
Pero cuidado, si la fecha de cese es el 30 de junio, no tendrás que presentar las declaraciones de IVA del tercer y cuarto trimestre del año. Pero si el resumen anual, recopilando las operaciones realizadas en los dos primeros trimestres en los que sí se desarrolló la actividad.
Sociedad inactiva, Impuesto Sociedades
Cualquier sociedad, por el simple hecho de existir, está obligada a presentar el Impuesto sobre Sociedades. De hecho, el propio modelo de declaración del Impuesto contempla la posibilidad de presentarlo sin actividad económica. Habrá que marcar la casilla 026 “Entidad inactiva”.
Al marcar esta casilla sólo se puede rellenar el balance. No se tiene acceso a la cuenta de Pérdidas y Ganancias porque durante la inactividad no se admite ningún resultado, ni positivo ni negativo.
Si la fecha efectiva de cese de la actividad es el 31 de mayo, en la declaración del Impuesto sobre Sociedades de ese año no habrá que marcar la casilla 026 ya que los primeros meses del ejercicio ha tenido actividad.
Retenciones
Aunque los gastos originados durante la inactividad no sean deducibles, la sociedad está obligada a retener a los profesionales que les prestan servicios (asesores, Registro Mercantil…). Deberá liquidar e ingresar estas retenciones a través del Modelo 111 de Retenciones y pagos a cuenta del IRPF y su resumen anual Modelo 190.
¿Qué ocurre si una sociedad inactiva vende inmovilizado o existencias?
Debe repercutir IVA por estas ventas. La sociedad tendrá que tramitar su alta en la actividad a través de la modificación de la declaración censal (Modelo 036). Una vez realizada la venta, puede volver a declarar el cese de actividad económica.
Estará obligada a presentar la declaración trimestral de IVA y el resumen anual.
En la declaración del Impuesto sobre Sociedades de ese ejercicio no deberá marcar la casilla 026 “Entidad inactiva” ya que ha realizado operaciones que han producido un resultado.
Seguridad Social
Los socios trabajadores y los administradores de estas empresas podrán darse de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, siempre y cuando no realicen ninguna otra actividad que los incluya en este régimen.
Si acudes a un PAE (Punto de Atención al Emprendedor) podrás realizar el cese de actividad de una SL a través de internet . Con un solo documento, tramitarás el cese de actividad de la sociedad y la baja en la Seguridad Social de los socios administradores y los familiares colaboradores.
Sociedad inactiva, obligaciones mercantiles
La empresa estará obligada a:
- llevar la contabilidad
- legalizar los libros
- formular las cuentas anuales para su aprobación en Junta General
- y depositar las cuentas en el Registro Mercantil.
La obligación de depositar las cuentas es fundamental para las sociedades inactivas. Su incumplimiento puede ocasionar multas de entre 1.200 a 600.000 euros atendiendo a la dimensión de la entidad.
Obligación de disolver la sociedad
El artículo 363 de la Ley de Sociedades de capital señala entre otras causas que la sociedad deberá disolverse:
“a) Por el cese en el ejercicio de la actividad o actividades que constituyan el objeto social. En particular se entenderá que se ha producido el cese tras un período de inactividad superior al año.”
Responsabilidad de los administradores de la sociedad inactiva
Por no convocar la Junta General en caso de más de un año de inactividad
Cuando la sociedad permanece más de un año inactiva, el administrador debe convocar en el plazo de dos meses la Junta General para tomar las medidas oportunas. Si no lo hace, será el responsable de las deudas contraídas por la sociedad desde ese momento.
Por no pagar las deudas tributarias existentes a la fecha de cese de actividad
Aunque la sociedad esté inactiva debe pagar todas las deudas contraídas.
La Ley General Tributaria deriva la responsabilidad a los administradores cuando no se paguen las obligaciones tributarias existentes al aprobarse la inactividad.
Los administradores de hecho o de derecho serán responsables subsidiarios siempre que no hubieran hecho lo necesario para su pago o hubieran tomando medidas causantes del impago.
Merece la pena dejar una sociedad inactiva
Aunque es más fácil y menos costoso dejar una sociedad inactiva que liquidarla no hay que olvidar todas las obligaciones que conlleva la inactividad.
Las consecuencias, en forma de sanciones por no presentar el Impuesto sobre Sociedades o depositar las cuentas en el Registro, pueden ser significativas.
Como se puede ver, mantener una empresa inactiva lleva una serie de costes asociados, tanto económicos como administrativos, por lo que no es recomendable mantener mucho tiempo esta situación.
Además hay que tener en cuenta que la inactividad está pensada para un plazo no superior al año. Si esta situación se prolonga, como sucede en la práctica en la mayoría de los casos, se deben tener presentes los problemas y responsabilidades para el administrador.
Hola, buenos días
Cree una S.L. hace 5 años y al final no ha tenido ningún tipo de actividad.
Ahora tras el requerimiento de la agencia tributaria, estoy dando los pasos para darla de baja definitiva, y el notario a parte de las escrituras y registro mercantil, me pide un balance. ¿Como puedo hacerlo si no he tenido ninguna actividad?
Hola Antonia
En los comentarios respondemos dudas acerca de la interpretación de los artículos, pero no hacemos consultoría personalizada.
Tu consulta reúne cierta complejidad y conviene aclararla bien para darte la respuesta correcta.
Si lo deseas, contacta con nosotros y solicita una consulta online para resolver tus dudas.
Saludos cordiales y gracias por leer el blog.
Hola buenas, creé una empresa S.L. unipersonal hace 7 años pero jamas tuvo ninguna actividad. No estuvo dada de alta en el I.A.E y no realizo ningún tipo de actividad económica, la empresa no tuvo ninguna relación con hacienda ya que no llegó a realizar ninguna operación. ¿Se podría reactivar esta sociedad dándola de alta en el I.A.E y comenzar con una actividad, o seria mejor hacer una empresa nueva.? ¿Me podría reclamar algo hacienda de esta sociedad?
Hola Juan
Una sociedad se constituye, adquiere personalidad jurídica, cuando se inscribe la escritura pública en el Registro Mercantil. Para ello es necesario obtener un NIF provisional.Desde ese momento la sociedad está obligada a presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades aunque no haya realizado ninguna actividad. Si la SL está inscrita en el Registro Mercantil, Hacienda te podrá reclamar la presentación de estas declaraciones.
Si no lo está, no tendrá personalidad jurídica ni estas obligaciones. Por eso te aconsejo que compruebes la situación registral de la sociedad.
Saludos cordiales
Tengo una sl inactiva desde dic/2011
Ahora después de todo este tiempo un cliente pide responsabilidades a la sociedad por mal prestación de servicios
Que responsabilidad puede tener la sociedad y el administrador
Gracias
Hola Antonio
No soy experta en la cuestión que planteas por lo que no te puedo asesorar en profundidad.
Si puede decirte que cuando la sociedad permanece más de un año inactiva, el administrador debe convocar en el plazo de dos meses la Junta General para tomar las medidas oportunas. Si no lo hace, será el responsable de las deudas contraídas por la sociedad desde ese momento.
Saludos cordiales y gracias por leer el blog.
Una empresa además de estar inactiva no presenta el impuesto de sociedades que puede ocurrir.
Hola Silvestre
Si una empresa inactiva no presenta el Impuesto sobre Sociedades, recibirá un requerimiento de Hacienda instando a su presentación y se iniciará un procedimiento sancionador por no haber declarado. Puedes leer más sobre el tema en el artículo Consecuencias de presentar una declaración fuera de plazo.
Recuerda que prestamos servicios de asesoramiento. Contacta con nosotros y solicita presupuesto.
Saludos cordiales
Si dejamos la empresa inactiva en Septiembre, afecta de alguna manera al pago del impuesto de Sociedades del año 2018?, el pago está fraccionado y el primer pago se ha domiciliado en Octubre, esto afectaría al estado de inactividad?
Por otro lado, a parte de marcar la casilla de inactividad en el modelo 036, hay que hacer o pagar algo más?
Muchas gracias,
Hola Natalia
Aunque la empresa esté inactiva está obligada a presentar la declaración del Impuesto sobre Sociedades y los pagos fraccionados que correspondan a este impuesto.
Como explico en el artículo, para dejar inactiva una sociedad hay que presentar el modelo 036 pero la empresa seguirá teniendo obligaciones fiscales:
– liquidar el Impuesto sobre Sociedades
– presentar el resumen anual de IVA si ha presentado declaraciones de IVA en el año
– retener a los profesionales que les presten servicios…
También deberá haber dado de baja a sus trabajadores para poder iniciar la inactividad.
Si todavía tienes dudas o quieres hacer una consulta más específica o personalizada, contacta con nosotros y solicita una consulta online. Estaremos encantados de ayudarte.
Saludos cordiales y gracias por leer el blog.
Quería saber si dejar sin actividad a una empresa de manera transitoria, ¿tiene algún tipo de implicación fiscal?
Es decir si señalo la casilla 140 del modelo 036 ¿Tendría alguna implicación fiscal?, me refiero por ejemplo a tener que auto repercutirse el iva del inmovilizado y existencias.
Hola Yolanda
Las implicaciones fiscales de una sociedad inactiva son las que detallo en el artículo. Pero recuerda que esta figura está pensada para un corto período de tiempo.
Saludos cordiales.
Tengo una sociedad inactiva pero tiene un inmueble y tiene gastos de electricidad, agua etc. Si en el impuesto de sociedades marco la casilla 26 de sociedad inactiva des habilita perdidas y ganancias. No se como hacerlo, me podría ayudar.
Muchas gracias
Hola Ana
Si la sociedad está inactiva, no desarrolla ninguna actividad. No puede deducirse ningún gasto porque la entidad no se encuentra en el ejercicio habitual de sus funciones. Al presentar la declaración del IS se debe marcar la casilla de sociedad inactiva. No se tiene acceso a la cuenta de pérdidas y ganancias porque durante la inactividad no se admite ningún resultado, ni positivo ni negativo.
Saludos cordiales
Se trata de una Sociedad familiar que podría eliminar su actividad económica actual y centrarse en alquilar el local , un inmueble y posibles futuros inmuebles. Qué obligaciones tiene respecto a Hacienda? Se puede considerar sociedad patrimonial? Requisitos a tener en cuenta o pasos que deben hacerse
Gracias.
Hola Carlos, gracias a ti por leer y comentar.
Tu consulta reúne cierta complejidad y conviene aclararla bien para darte la respuesta correcta.
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Saludos cordiales y gracias por leer el blog.
Mi sociedad inactiva pero tiene ingresos por alquileres
Cual es el tipo en el impuesto de sociedades ?
Hola Agustín
Si tu sociedad obtiene ingresos por alquiler está realizando una actividad económica por lo que no puede estar inactiva.
Saludos