¿Me sale la renta a devolver? Es la pregunta que me hacen la mayoría de mis clientes durante la campaña de IRPF. Aunque, en realidad y simplemente por curiosidad, la pregunta que muchos se hacen es ¿Por qué Hacienda me devuelve dinero al presentar la declaración?
¿Por qué sale la declaración de la renta a devolver?
¿Por qué se hace la declaración de la renta?
El IRPF es un impuesto directo que grava la renta obtenida por las personas físicas residentes en territorio español en el año natural.
Así, en la campaña de renta que termina el 30 de junio de 2025 se liquida el impuesto correspondiente a todos los ingresos obtenidos del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.
Estos ingresos pueden ser rentas del trabajo, intereses bancarios, ingresos de alquileres, rendimientos de actividades económicas, ganancias patrimoniales…
Pero Hacienda no puede pasarse tanto tiempo sin cobrar el impuesto (transcurren 18 meses desde el inicio del período a liquidar hasta el fin del plazo voluntario de liquidación). Por eso establece el sistema de pagos a cuenta del IRPF a través de retenciones, ingresos a cuenta y pagos fraccionados.
Las retenciones a cuenta del IRPF son anticipos a Hacienda, cantidades de dinero adelantadas a la Agencia Tributaria a cuenta del resultado de la declaración de la renta.
Son obligatorias y la Ley del IRPF establece los porcentajes a aplicar en cada caso concreto. Afectan a numerosos tipos de rentas, entre otras:
- las de los trabajadores asalariados
- ingresos obtenidos por los profesionales
- los rendimientos de productos bancarios
- las rentas obtenidas por el alquiler de locales u oficinas
¿Qué significa que salga la renta a devolver?
Seguro que te has alegrado si tu declaración de la renta sale a devolver. «¡Qué ilusión, un dinero extra!». Pero nada más lejos de la realidad. La devolución de la renta no es un premio ni un extra.
Hacienda no te va a devolver lo que tú no le has pagado antes #Renta2024 Compartir en X
La expresión ya lo dice: renta a devolver significa que Hacienda te devuelve un dinero que le has pagado de más.
Se lo has pagado durante el año, pero no puedes determinar su importe hasta abril del año siguiente. Y la AEAT tiene el resto del año para efectuar la devolución. Podría devolver el dinero el 31 de diciembre, un año después de que te retuvieran de más, sin pagar intereses. A partir de esa fecha si se devengan intereses de demora.
¿Puede ser beneficioso que salga a pagar?
Que salga a pagar significa que los pagos a cuenta fueron menores que el IRPF a liquidar por las rentas obtenidas.
El pago se puede realizar hasta el 30 de junio o en dos plazos sin intereses:
- el 60% hasta el 30 de junio
- y el 40% restante, el 5 de noviembre.
En este caso, Hacienda te presta el dinero de forma gratuita durante 6 y 11 meses. Siempre que lo tengas claro y no sea una sorpresa puedes aprovechar este préstamo para rentabilizar el dinero hasta que tengas que ingresarlo en Hacienda.
Todos nos alegramos cuando vemos la devolución de la renta pero lo mejor hubiera sido disfrutar de ese dinero mes a mes cuando tocaba.
¿De qué depende que salga la declaración de renta a devolver o a pagar?
Tener que recibir o pagar dinero de Hacienda depende de dos aspectos fundamentales:
- que los pagos a cuenta del IRPF sean superiores o inferiores al impuesto liquidado, como ya hemos visto.
- que se puedan aplicar ventajas fiscales que disminuyen el impuesto a liquidar o que se hayan obtenido ingresos no sujetos a retención que lo aumentan.
Contrata nuestro servicio de renta para que el resultado de tu declaración sea el más favorable posible
Pagos a cuenta del IRPF
Como están establecidos por Ley, hay poco margen de actuación.
Los trabajadores por cuenta ajena deben repasar a principios del año la situación comunicada a la empresa (en el modelo 145) para que la retención practicada en la nómina tenga en cuenta las posibles desgravaciones a aplicar. Lo ideal es que la declaración salga muy cercana a cero.
Cuando se tienen varios pagadores el tipo de retención es más bajo que si recibieras la misma renta de un solo pagador ya que cada uno te retiene en función de lo que te paga y no de los ingresos totales percibidos.
En este caso, puedes pedir a la empresa que te aumente el tipo de retención para que el IRPF te salga próximo a cero o a devolver.
Pero si eres consciente de que la declaración te saldrá a pagar, puedes planificar tus impuestos y rentabilizar el dinero hasta que tengas que ingresarlo en Hacienda.
Si has entrado en un ERTE, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se convierten un segundo pagador ya que asume el pago de tu prestación por desempleo. La empresa que aplica el ERTE es el primer pagador.
Analiza si te interesa solicitar a tu empresa (cuando vuelvas al trabajo) un tipo de retención más alto. Y comprueba si por tener 2 pagadores te ves obligado a presentar la declaración de Renta 2024.
Ventajas fiscales que ayudan a que salga la renta a devolver
Determinados hechos permiten minorar el importe del IRPF. Bien sea por reducir la base imponible o por deducir cantidades de la cuota íntegra. Son ajustes que se realizan al presentar la declaración y proporcionan un ahorro fiscal.
Estos son algunos ejemplos:
Aportaciones a planes de pensiones
En Hacienda puede pagar casi la mitad de tu plan de pensiones analizamos las ventajas fiscales de realizar aportaciones a estos productos de ahorro. Pueden reducir tu IRPF y que te salga a devolver o que aumente la cantidad inicial a devolver.
Deducción por donativos
Los primeros 250 euros donados a Entidades sin fines lucrativos tienen una deducción del 80%. Además de ser solidario, Hacienda te devolverá 200 euros (o pagarás 200 euros menos).
Deducción por adquisición de vivienda antes de 2013
Si estás pagando la hipoteca de una vivienda comprada antes del 1 de enero de 2013, podrás aplicarte esta deducción y llevarte una alegría al hacer la declaración de la renta.
Ingresos que Hacienda no tiene registrados
Pero no todo van a ser alegrías. Si tienes que declarar ingresos que Hacienda no controla mediante los pagos a cuenta puedes llevarte un buen susto.
Transmisión de bienes o derechos con ganancia patrimonial
Si durante el año has vendido un inmueble, acciones o cualquier otro bien o derecho y has obtenido una ganancia patrimonial importante es conveniente que realices una estimación del IRPF a pagar por esta transmisión. Así podrás planificar fiscalmente la operación y estar preparado a la hora de liquidar el impuesto.
Ingresos por alquiler de viviendas
Ten cuidado si alquilas viviendas de tu propiedad porque estos ingresos no están sujetos a retención.
Buscar la ayuda de un buen asesor fiscal para la declaración de la renta puede suponer un importante ahorro fiscal. Recuerda que podemos ayudarte con tu declaración de renta. Contacta con nosotros en jraeconomistas/servicios de renta.
Antonio el dia 15-5-2019
Buenas tardes,me gustaria saber cuanto me devolveria hacienda,mi ingreso total es solo de 750 euros.de un alquiler
yo pago a hacienda de IVA cada trimestre,472,50 euros
Muchas Gracias
Hola Antonio
Con los datos que proporcionas no puedo calcular tu declaración de renta porque influyen las circunstancias personales y familiares y los gastos relacionados con el alquiler.
Si no estás seguro de que te desgravas todo lo que puedes o si no tienes tiempo para gestionar tu declaración, contrata nuestros servicios de renta. Para que el resultado de tu IRPF sea el mas favorable posible.
Saludos cordiales
Buenas noches,
¿Es obligatorio presentar la declaración teniendo hipoteca, aún siendo los ingresos anuales inferiores a 22.000 euros?.
Gracias de antemano.
Hola Ángeles, gracias a ti por leer y comentar.
Es obligatorio presentar la declaración si tienes derecho a la deducción por adquisición de vivienda habitual (si la adquiriste antes de 2013) y quieres beneficiarte de esta deducción.
Saludos cordiales
Buenas tardes Sra. Joaquina Rueda,
Quería comentarle que he tramitado una rectificación de autoliquidaciones del I.R.P.F 100 correspondientes a los ejercicios (2015-2016-2017). La cuestión es que estoy afectado por una discapacidad tanto psíquica como física desde el año 1997. No sabía que mi padre que es discapacitado con una discapacidad de un 80% y viudo tenía derecho a la Deducción por descendiente con discapacidad a cargo.
La cuestión es que en Mayo de este año, es decir, del 2018 realicé todos los trámites necesarios y burocráticos ante la Agencia Tributaría de mi ciudad para que el anticiparan a mi progenitor el importe de los (100€ mensuales) que le han sido abonados a mi padre correctamente durante todos estos meses. Hace poco le tramité a mi padre el borrador de este ejercicio y sale a DEVOLVER CUATROCIENTOS Y POCOS EUROS que supongo se correponden con las cuatro mensualidades que le quedaban a mi padre pendiente de percibir.
Otra cuestión que no sabía y que amablemente se tomaron la deferencia de explicarme algunos funcionarios de la Agencia de mi ciudad, es que mi padre tenía derecho a solicitar con caracter retroactivo que se le abonaran los importes correspondientes a las anualidades desde que entró en vigor esta LEY. Hace poco la Agencia me hizo un requerimiento de documentación que consistía en un Certificado de Empadronamiento y el Libro de Familia, aunque tengo que reconocer que no he estado empadronado en el domicilio de mi padre por motivos personales, he podido agenciarme con documentación ofical que acredita de manera oficial y fehacientemente que he cumplido legalmente con los requerimientos de convivencia. La cuestión es que he presentado ante la Agencia facturas, matrículas de la Universidad, etc. pero desde Diciembre que me solicitaron la documentación hasta la fecha pone que está en revisión por el Dpt. Correspondiente, siempre que he ido hasta la Sede con mi silla de ruedas ya que mi padre es discapacitado y tengo que realizer todos los trámites burocráticos por mi mismo me han dicho que está pendiente de resolver por el funcionario asignado y que van con retraso. La verdad es que para mis estudios en la Universidad estamos pensando en comprarme una silla electrónica que me facilite el desplazamientos por el Campus y aunque está en parte finanziada es algo que nos va a llevar a desembolsar mucho dinero. Sabe Ud. cuántos más se puede demorar en resolver el expediente de mi padre.
Hola Federico
Siento no poder informarte sobre cuánto tardarán en resolver tu expediente. Algunas Administraciones van con retraso, por la acumulación de tareas y la falta de personal
Espero que acuerden pronto la devolución y puedas comprarte la silla electrónica.
Saludos cordiales y gracias por leer el blog
Hola Joaquina, si una persona se divorció en septiembre de 2018, puede hacer la declaración conjunta? Gracias.
Hola Agata
El estado civil que hay que declarar es el del último día de devengo del impuesto que es el 31 de diciembre. Por lo tanto, no podrás presentar la declaración conjunta con tu ex-pareja.
Saludos cordiales
Que hay que hacer para que la declaracion no me salga ni a devolver ni a pagar. Donde tengo que ir.
Hola Enrique
La declaración de IRPF depende de la renta obtenida en el año, de las retenciones y pagos a cuenta realizados y de tus circunstancias personales y familiares. Eso es lo que hace que te salga a devolver o a pagar.
Si no estás seguro de que te desgravas todo lo que puedes o si no tienes tiempo para gestionar tu declaración, contrata nuestros servicios de renta. Para que el resultado de tu IRPF sea el mas favorable posible.
Saludos cordiales
Hola, me estoy volviendo loca con el tema de la declaración. Me sale resultado 0 pero tengo derecho a una deducción autonómica por alquiler. Al introducir dicha deducción me sale por 456€ pero el resultado final sigue siendo 0. ¿Qué estoy haciendo mal?
Gracias de antemano
Hola Miriam
Con los datos que proporcionas no puedo emitir una opinión.
Si lo deseas, contacta con nosotros en jraeconomistas/servicios de renta y estaremos encantados de calcular y presentar tu declaración de renta.
Saludos cordiales
Hola,
el año pasado presente la declaracion de al renta por primera vez, en noviembre de 2016 empece a trabajar en el que hasta ahora es mi primer empleo. Lo unico que declaraba eran mis ingresos por el trabajo, al no llegar al minimo no estaba obligada a presentarla. sin embargo quise presentarla y me salia a pagar 9 centimos, pero a mis compañeros estando en la misma situacion ( 25 años, sin cargos, sin alquiler etc… solo declaraban el empleo) les salio a devolverles a todos ellos. mi pregunta es si el hecho de tener una cuenta de ahorros a mi nombre con un importe mas o menos elevado, influye en algo en la declaracion de la renta.
gracias de antemano
Hola Ana
Los rendimientos del capital mobiliario por tus ahorros influyen en tu declaración de renta. Como no sé los datos que declaraste, no puedo decir en qué proporción.
Recuerda que podemos ayudarte con tu declaración de renta cuyo plazo de presentación comienza el 2 de abril. Contacta con nosotros en jraeconomistas/servicios de renta.
Saludos cordiales
Hola buenas, mi pregunta es, ami todos los años me salía a devolver todo lo que se me retenía, ya que tengo 2 hijas menores y mujer sin trabajar,la misma hipoteca. cambie de trabajo y se me retiene unos 34000 Euros anuales, pero este año no me me devuelven todo. Sabrías explicarme si es posible. Gracias
Hola Ivan
Con los datos que me proporcionas no puedo saber por qué no te devuelven todo lo retenido.
Recuerda que podemos ayudarte con tu declaración de renta. Contacta con nosotros en jraeconomistas/servicios de renta.
Saludos cordiales
Buenos días,
Tengo una hipoteca con mi ex-pareja, actualmente este piso está alquilado para poder pagar la hipoteca. La diferencia del alquiler a la hipoteca la pago íntegramente yo, así como la comunidad y IBI. Puedo desgravarme yo todo? Hipoteca paga 100% y el alquiler 100% y los gastos?
Gracias,
Hola Mónica
Si el piso es propiedad de los dos, los dos debéis declarar los rendimientos obtenidos con el alquiler (al 50%, salvo que la propiedad se distribuya de otro modo). Como gasto podréis deducir los intereses de la hipoteca, la comunidad, el IBI…
Ya no podrás practicar la deducción por adquisición de vivienda habitual puesto que el piso ya no es tu vivienda habitual.
Saludos cordiales y gracias por leer el blog
Buenas tardes, mis rendimientos del trabajo fueron unos 5800 euros integros por tres meses, cotización a s/s unos 424.irpf unos 750, ingresos mobiliarios 5800 y retención 1115 y el resultado me sale a mi favor unos 1800. Yo estoy obligada hacerla porque tengo venta de acciones que aun tengo que introducirlas. Es correcto que me devuelvan? De hecho no he introducido ningun dato, es lo que sale en el programa rentaweb. Muchas gracias
Hola Montse
El IRPF depende de las rentas obtenidas en el año, pero también de las circunstancias personales y familiares.
Si lo deseas, contacta con nosotros en jraeconomistas/servicios de renta y estaremos encantados de calcular y presentar tu declaración de renta.
Saludos cordiales
Hola,
¿Cuál es el IRPF que me correspondería para no tener que devolver dinero a Hacienda?
Tengo 27 años, el sueldo es de 18000€/anuales en 12 pagas. El contrato es hasta fin de obra. Soltera.
Hola Rocío
Si sólo obtienes rendimientos del trabajo, tu empresa deberá retenerte conforme a estas circunstancias y lo retenido coincidirá con tu IRPF por lo que la declaración no te saldrá a pagar o a devolver.
Saludos cordiales
HOla, en 2017 estuve trabajando en una empresa con unos ingresos de unos 12000 brutos y retención del 15% en nómina. También hice dos facturas en actividades económicas por un total de 1000 euros sólamente. Lo cuál declaré. Es posible que me devuelvan todo el irpf completo???? que me retuvieron en nómina ??. Los cambios que ha aplicado en gobierno junto con ciudadanos son aplicables a la declaración del 2017????
Hola Juan
La devolución del IRPF depende de los ingresos obtenidos, las retenciones practicadas y las circunstancias personales y familiares. Hay que ener en cuenta estos factores para ver si te devuelven lo que te han retenido.
Si no estás seguro de que te desgravas todo lo que puedes o si no tienes tiempo para gestionar tu declaración, contrata nuestros servicios de renta. Para que el resultado de tu IRPF sea el mas favorable posible.