Ya hemos aprendido a distinguir entre inversión y gasto. Ahora vamos a analizar el concepto de bien de inversión y cómo afecta a tu negocio según los dos impuestos principales: IVA e IRPF.

¿Qué es un bien de inversión para el IVA?

A efectos de este impuesto, el artículo 108 de la Ley del IVA define este concepto. Es un bien corporal, mueble o inmueble, que por su naturaleza y función vas a utilizar en tu negocio más de un año.

En consecuencia, los elementos no corporales (recogidos en contabilidad en el “Inmovilizado Intangible”) como por ejemplo la propiedad industrial o intelectual, los derechos de traspaso o las franquicias no tendrán esta consideración a efectos del IVA.

Tampoco son bienes de inversión a efectos de IVA:

  • los accesorios y piezas de recambio que compres para reparar un bien de inversión adquirido previamente. Por ejemplo, cambiarle los neumáticos al coche de empresa.
  • las obras que realices para arreglar un bien de inversión (una reforma de tu local de negocio).
  • los envases o embalajes, aunque sean reutilizables.
  • los uniformes de trabajo
  • cualquier otro bien cuyo valor de adquisición sea inferior a 3.005,06 euros. En este valor no debes tener en cuenta el IVA. Además, el límite es por unidad y no por lote. Así si, por ejemplo, compras varias mesas para la oficina el límite se aplica a cada una y no al conjunto de las mesas compradas.

Como ocurre con los demás bienes y servicios, si se trata de un bien de inversión podrás recuperar el IVA soportado en el mismo período en el que lo has comprado. Debes reflejarlo en la liquidación de IVA en las casillas destinadas a bienes de inversión.

Regularización de las deducciones por IVA

Sin embargo, en determinadas circunstancias la Ley del IVA obliga a realizar una regularización de las deducciones por IVA de bienes de inversión.

Esto sucede cuando el sujeto pasivo está en prorrata de IVA, destina el bien de inversión a uso personal o lo transmite sin repercutir el impuesto.

La regularización pretende evitar que te beneficies de una deducción que no es proporcional al uso que se le ha dado al bien de inversión en la actividad económica.

Si vendes el bien de inversión con IVA no hay problema porque se garantiza la neutralidad del impuesto. Pero si lo destinas a tu uso personal o lo transmites sin repercutir el impuesto antes de que pasen cinco años (10 años para inmuebles) desde que comenzaste a utilizarlo, la ley te obliga a regularizar la deducción practicada para conservar la neutralidad del impuesto.

Sólo en el caso de que tengas que practicar la regularización de las deducciones por bienes de inversión deberás llevar un libro registro de bienes de inversión a efectos de IVA.

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