Los gastos de suministros deducibles según la nueva ley de autónomos que se aprobó en octubre de 2017 no son los propuestos inicialmente. ¿Cuál es  la modificación aprobada? ¿Qué otras medidas fiscales se han quedado en el tintero?

La Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, presentada por Ciudadanos en noviembre de 2016 como la primera medida que se aprobaría tras su pacto con el Partido Popular, se aprobó por unanimidad en 2017. Pero, ¿Ha sufrido cambios importantes o se mantienen las medidas iniciales propuestas?

En este artículo analizaremos las medidas aprobadas.  Nos centraremos especialmente en los gastos de suministros deducibles según la nueva ley de autónomos que entraron en vigor el 1 de enero de 2018.

Medidas fiscales de la Proposición de Ley presentada por Ciudadanos

Al analizar la Proposición de Ley Integral de Apoyo a los Autónomos, detallamos las medidas fiscales que contenía:

Tratamiento fiscal de los gastos de los autónomos en el ejercicio de su actividad

  • Deducción al 50% de los gastos relacionados con los vehículos afectos a la actividad, tal y como sucede en IVA.
  • Deducción del 20% de los suministros de agua, gas y electricidad para los autónomos que desarrollen su actividad sin local afecto, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

Devolución del IVA al adquirir bienes de inversión

En cualquier período de liquidación y no sólo en el cuarto trimestre como sucede en la actualidad.

Modificación del criterio especial del régimen de caja en el IVA

Se elimina el límite para retrasar el devengo del IVA hasta el 31 de diciembre del ejercicio siguiente al de emisión de la factura permitiendo el ingreso del IVA repercutido en el momento del cobro.

Medidas fiscales aprobadas

Sólo se recogen medidas para clarificar la fiscalidad de los trabajadores autónomos en el IRPF. Tendrán la consideración de gastos deducibles en renta los relacionados con

Suministros de la vivienda parcialmente afecta a la actividad económica

“b) En los casos en que el contribuyente afecte parcialmente su vivienda habitual al desarrollo de la actividad económica, los gastos de suministros de dicha vivienda, tales como agua, gas, electricidad, telefonía e internet, en el porcentaje de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.”

Manutención del autónomo en el desarrollo de su actividad económica

“c) Los gastos de manutención del propio contribuyente incurridos en el desarrollo de la actividad económica, siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con los límites cuantitativos establecidos reglamentariamente para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores.”

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Gastos de suministros deducibles según la nueva ley de autónomos

Hasta ahora, el criterio de Hacienda permite que el autónomo que trabaje en casa pueda deducirse en el IRPF los gastos derivados de la titularidad de la vivienda (IBI, tasa de basuras, comunidad de propietarios…).

El importe de la deducción se fija en función de los metros cuadrados de la casa que se destinan a desarrollar la actividad profesional. Lo que deberá comunicarse a Hacienda a través de una declaración censal (Modelo 036).

Criterio anterior

Sin embargo, la Agencia Tributaria vetaba esta misma regla en el caso de los consumos como luz, agua o gas con el argumento de que no existe un método racional para determinar qué parte de los suministros se utiliza para fines particulares y que parte para la actividad profesional.

La polémica postura de Hacienda ya fue rechazada en una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y también en una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de la Comunidad Valenciana. Esto motivó que la Agencia Tributaria presentara un recurso de unificación de criterio ante el Tribunal Económico-Administrativo Central.

Este Tribunal, en su Resolución del 10 de Septiembre de 2015, reconoce que no existe un método de cálculo objetivo para determinar qué parte de estos gastos son deducibles, “pero podría servir un criterio combinado de metros cuadrados con los días laborables de la actividad y las horas en que se ejerce dicha actividad en el inmueble”.

Aunque la Resolución es de obligado cumplimiento, hasta ahora no existe un método de cálculo o un medio de prueba claro para que el trabajador por cuenta propia pueda desgravarse los suministros.

La Proposición de Ley analizada pretende dar seguridad jurídica al contribuyente en cuanto a la deducción de estos gastos.

Desde ahora, existe una fórmula que permite calcular el porcentaje de los gastos de suministros deducibles según la nueva ley de autónomos.

Método de cálculo de los gastos de suministros según la nueva ley de autónomos

Cuando se aprobó la Proposición en el Congreso, partidos políticos y medios de comunicación aseguraron que el porcentaje de deducción de estos gastos es del 30%. Un porcentaje superior al 20% establecido inicialmente.

Sin embargo, lo aprobado en el Congreso no dice eso. La propuesta inicial era considerar deducible un 20% de los gastos en suministros. Y el texto mandado al Senado establece que será deducible ” el porcentaje de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total”.

Por ejemplo, un arquitecto cuya vivienda tiene 100 metros cuadrados y utiliza como estudio 25 metros cuadrados, afecta el 25% de su casa a la actividad. El porcentaje de los gastos de suministros deducibles según la nueva ley de autónomos será el 30% de 25/100, es decir el 7,5%.

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Según la norma aprobada es imposible deducirse el 30% de los gastos en suministros como se vendió en un principio. Eso significaría que la totalidad de la vivienda está afecta a la actividad por lo que no se podría considerar vivienda habitual.

La mayor parte de los trabajadores por cuenta propia utilizan para su actividad económica un tercio o menos de su vivienda. Por eso,

la mayoría de los autónomos que trabajan en casa tendrán derecho a una deducción inferior al 10% de los gastos en suministros

La ley permite deducir un importe superior si se demuestra que se ha utilizado un mayor porcentaje. Pero este criterio es muy complejo y subjetivo porque ¿Cómo puede probar un autónomo las horas que trabaja?, ¿Cómo puede probar ante Hacienda que, por ejemplo, el último mes le ha tocado trabajar todos los fines de semana o por las noches?.

gastos de suministros

 

Gastos de manutención deducibles según la nueva ley de autónomos

Serán deducibles los gastos de manutención del autónomo en el desarrollo de su actividad económica, siempre que:

  1. se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería, y
  2. se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago

con los mismos límites cuantitativos establecidos para las dietas y asignaciones para gastos de manutención de los trabajadores, es decir

  • 26,67 euros al día, si el gasto se produce en España
  • 48,08 euros diarios si es en el extranjero

Estos límites se duplicarán si el autónomo tiene que pasar la noche fuera de su municipio de trabajo.

Medidas fiscales que se han quedado por el camino

Como se puede ver, hay bastantes diferencias entre el texto inicial y el aprobado finalmente.

Gastos relacionados con los vehículos parcialmente afectos a una actividad económica

Parece que, en el último momento, Hacienda no dio el visto bueno a que estos gastos sean deducibles en el IRPF en los mismos términos y condiciones previstas en la normativa del IVA. Sin duda, ha influido el elevado coste de esta medida.

Solicitar la devolución del IVA de los bienes de inversión en el trimestre de su adquisición

No tener que esperar al cuarto trimestre, como sucede en la actualidad, ayudaría a aligerar la carga financiera de los autónomos. Así, se pretendía servir de estímulo a la inversión.

Cambios en el régimen especial del criterio de caja en el IVA

Ya analizamos por qué era necesaria una nueva regulación del criterio de caja en el IVA. La medida recogida en la nueva ley de autónomos no corregía los problemas de competitividad y eficiencia que ocasiona. Pero si permitía retrasar el ingreso del IVA repercutido hasta el momento del cobro.

Otras medidas recogidas en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo

La nueva ley de autónomos también contempla otras medidas. Las más comentadas son:

  • la ampliación a un año de la tarifa plana de 50 euros para los nuevos autónomos y para las mujeres que vuelvan al trabajo tras ser madres.
  • flexibilidad en las altas y bajas en el régimen de autónomos: se pagará por los días cotizados y no por el mes completo como sucede hasta ahora. Hasta 3 veces al año.
  • el recargo por retraso en el pago de las cuotas bajará al 10% durante el primer mes.

Y a ti, ¿qué te parecen estas medidas?, ¿cubren tus expectativas?, ¿añadirías alguna más? Pon un comentario y cuéntamelo!

 

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