La cuota de la Hermandad desgrava en el IRPF. Y es que, pertenecer a una Hermandad no tiene sólo connotaciones espirituales, sino también económicas. Podrás recuperar en tu declaración de la renta hasta el 80% de lo aportado.

La cuota de la Hermandad desgrava en el IRPF

Afortunadamente, y a pesar de los efectos de la crisis, son muchas las personas que colaboran de una u otra forma en causas sociales y con asociaciones de  carácter no lucrativo. Desde Organizaciones No Gubernamentales de todo tipo hasta Hermandades y Cofradías, estas asociaciones reciben periódicamente aportaciones de sus asociados o afines.

Sin embargo lo que no mucha gente conoce es que dichas cantidades aportadas son deducibles en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o en el Impuesto de Sociedades, dependiendo del caso concreto.

Los primeros 150€ de la cuota a la Hermandad desgravan el 80% y a partir de 150€, el 35%. #donativosAHermandades #Renta2023 Clic para tuitear

Importe de la deducción por donativos si pagas la cuota de la Cofradía

Las Hermandades pueden, sí así lo desean y cumpliendo una serie de requisitos, acogerse a la Ley 49/2002 sobre Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo.

El acogimiento a esta ley conlleva beneficios fiscales para la propia Hermandad, como la exención del pago del IBI o la reducción al tipo del 10% en caso de que existieran rentas no exentas.

Pero también para los hermanos y personas o entidades donantes ya que la cuota de la Hermandad desgrava en el IRPF.

Al presentar tu declaración de la renta podrás recuperar hasta el 80% de lo aportado.

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