El cheque guardería, en forma de deducción de IRPF, da un respiro a las familias con niños pequeños cuyos padres trabajen. Las madres trabajadoras pueden beneficiarse de una deducción de hasta 1.000 euros por gastos de escolarización de niños de hasta 3 años de edad.
Dos son los objetivos de esta medida que se aprobó con efectos desde 2018:
- Estimular la incorporación de la mujer al mercado laboral y
- Facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral y el acceso del hijo menor de 3 años al primer ciclo de la educación infantil.
El cheque guardería mejora la deducción por maternidad
Deducción por maternidad
Es una prestación que reciben las mujeres trabajadoras por cada hijo menor de 3 años nacido o adoptado en territorio español.
Puedes hacerla efectiva:
- Presentando la declaración de la renta y aplicándola en ese momento.
- Solicitando el abono anticipado. En este caso, si presentas la declaración deberás declararla pero no la descontarás de la cuota diferencial.
Esta ayuda, vigente desde el año 2003, se regula en la Ley del IRPF (artículo 81).
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Requisitos para aplicar la deducción por maternidad desde el 1 de enero de 2023
Mujeres con hijos menores de 3 años con derecho al mínimo familiar por descendientes:
- Que en el momento del nacimiento del menor perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo.
- Que en el momento del nacimiento del menor estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
- o en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un periodo mínimo de 30 días cotizados.
En los supuestos de adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, la deducción se podrá practicar, independientemente de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil. Si la inscripción no es necesaria, la deducción se podrá practicar durante los 3 años siguientes a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
Deducción por maternidad, cuantía a partir de 2023
El importe de la deducción por maternidad correspondiente a cada hijo es de hasta 1.200 euros anuales, por cada hijo menor de 3 años. Se calcula de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos señalados (1.200/12 = 100 euros por mes)
- Siempre que durante estos meses no se perciba por ninguno de los progenitores y para este menor el complemento de ayuda para la infancia.
- Si en 2022 se ha tenido derecho a la deducción por maternidad y al complemento de ayuda a la infancia, se podrá seguir practicando la deducción por maternidad en 2023 aunque se siga cobrando este complemento, siempre que se cumplan el resto de requisitos.
- Cuando se produzca el alta en la Seguridad Social o mutualidad alternativa después del nacimiento del menor, la deducción correspondiente al mes en que se cumplan 30 días cotizados se incrementará en 150 euros.
¿Quién tiene derecho a esta deducción?
La madre trabajadora.
En el caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre o, en su caso, a un tutor, siempre que se cumplan los requisitos necesarios para aplicar esta deducción, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente.
Deducción por maternidad, momento de cobro
Las mujeres trabajadoras con hijos menores de 3 años tienen derecho a percibir la deducción por maternidad desde el mes de su nacimiento hasta el mes anterior a que el niño cumpla los 3 años de edad.
Pueden solicitar el abono de la deducción de forma anticipada, por importe de 100 euros al mes por cada hijo. Si no lo hacen, podrán aplicar esta deducción en su declaración de la renta.
Ejemplo de deducción por maternidad
Número de meses de cumplimiento de los requisitos: 10 meses; 10 meses x 100€ = 1.000€
Límite de la deducción por hijo: 800€
Deducción por maternidad: 800€ +800€ = 1.600€
Esta trabajadora puede solicitar la deducción anticipadamente o cuando presente la declaración de Renta 2023.
Cheque guardería
Esta mejora de la deducción por maternidad se aprobó con efectos desde el 1 de enero de 2018.
Es una prestación adicional a la deducción por maternidad. Así, si tienes derecho a la ayuda por maternidad podrá incrementarse el importe que recibes si satisfaces gastos de guardería.
Cheque guardería, requisitos
- Los necesarios para aplicar la deducción por maternidad
- Satisfacer en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de 3 años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Para controlar esta deducción, las guarderías o centros de educación infantil autorizados deberán presentar una declaración en Hacienda. Se trata del Modelo 233. Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Deberán hacerlo durante el mes de enero, cumplimentando la información del año anterior:
Guardería o centro de educación infantil autorizado
Como la ley utiliza el término guardería, ha creado confusión respecto a si los gastos satisfechos por labores de custodia de niños realizadas por ludotecas, campamentos infantiles, locales de mera custodia, etc. a entidades que cuentan con licencia municipal o autonómica pero no con la autorización de la administración educativa dan derecho a aplicar esta deducción.
Hacienda no permitía que los gastos abonados a las guarderías que no tuvieran la autorización de la administración educativa competente se consideraran para aplicar esta deducción.
Pero el Tribunal Supremo, en la sentencia 7/2024, de 8 de enero de 2024 (recurso de casación 2779/2022) establece que la deducción afecta a todas las guarderías (que deben contar con autorización municipal por cuestiones de seguridad o salubridad) y no sólo a los centros de educación infantil (que además cuentan con autorización autonómica que les permite impartir el primer ciclo de educación infantil).
Si quieres saber más:
Con esta sentencia el Tribunal Supremo unifica el criterio de juzgados y tribunales y corrige la interpretación restrictiva de la deducción aplicada por la administración.
Gastos de custodia
Para el cheque guardería se consideran gastos de custodia las cantidades pagadas a guarderías y centros de educación infantil por:
- la prescripción y matrícula de dichos menores
- la asistencia en horario general y ampliado
- y la alimentación
siempre que se hayan producido por meses completos y no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos.
Los padres no tienen que comunicar nada a Hacienda porque ya se encarga de hacerlo la guardería.
Al hacer la declaración de la renta las madres trabajadoras que tengan derecho a esta ayuda cumplimentarán la casilla correspondiente a esta nueva deducción. Hacienda cruzará datos con el modelo 233 que presentaron las guarderías y con el modelo 190 que presentaron las empresas que pagaron con cheques guardería.
Consulta aquí la información que ofrece Hacienda sobre el modelo 233.
Período impositivo en el que el menor cumpla 3 años
En el ejercicio en el que el hijo cumpla 3 años, podrá aplicarse la deducción hasta el mes anterior a aquél en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil. Aunque haya cumplido los 3 años con anterioridad.
Por ejemplo, si tu hijo cumple los 3 años en mayo podrás aplicar la deducción por el cheque guardería hasta agosto. En septiembre comenzará el segundo ciclo de educación infantil.
El nuevo #ChequeGuardería del IRPF permite deducir los gastos de escolarización hasta que tu hijo comience el segundo grado de educación infantil #Renta2023 Compartir en X
Cheque guardería, cuantía
El importe máximo del cheque guardería es 1.000 euros anuales (83,33 euros mensuales). Se aplicará proporcionalmente al número de meses en que se cumplan los requisitos exigidos para esta ayuda.
Límite por cada hijo. La menor de estas cantidades:
- las cotizaciones a la Seguridad Social y Mutualidad alternativa devengadas en cada período con posterioridad al nacimiento o adopción.
- El importe total del gasto efectivo no subvencionado pagado en dicho período a la guardería o centro educativo en relación con ese hijo.
Cheque guardería, momento de cobro
Al contrario que la deducción por maternidad, no se puede solicitar el abono anticipado del cheque guardería. Deberás esperar a presentar la declaración de la Renta.
El nuevo #ChequeGuardería del IRPF no puede solicitarse anticipadamente. Deberás esperar a presentar la #Renta2023 Compartir en X
Como hemos visto, el cheque guardería es una ayuda que concede Hacienda. Es un dinero que recibes independientemente de que te corresponda pagar impuestos o no. Da igual que no te hayan retenido nada. Si cumples los requisitos, tendrás derecho a esta deducción.
Por eso, aunque no estés obligada, te interesa presentar la declaración de renta para beneficiarte de la deducción por gastos de guardería ya que no se puede solicitar anticipadamente.
Ejemplo de la deducción por nuevo cheque guardería
Supongamos que, en el ejemplo anterior, la trabajadora ha abonado a la guardería por cada gemelo 675 euros en 2023 (75 euros por medio mes de agosto y 150 euros mensuales de septiembre a diciembre).
Además de la deducción por maternidad (1.600€ en total) tiene derecho a aplicar el cheque guardería por importe de:
Importe de la deducción: 1.000€ anuales o 83,33€ mensuales. 83,33€ x 4 meses = 333,33€
Límite de la deducción por hijo: la menor de las siguientes cantidades
- cotizaciones devengadas con posterioridad al nacimiento: 800€
- gastos en guardería: 675€
Importe total del cheque guardería: 333,33€ + 333,33€ = 666,66€
Importe total de las deducciones 1.600€ + 666,66€ = 2.266,66€
¿Conviene más la deducción por guardería o la retribución en especie exenta?
Habrá que comparar el importe obtenido si se aplica la deducción con el ahorro fiscal por no tributar por el cheque guardería que paga la empresa.
Deberá comparar
- la deducción por guardería que puede aplicar en su IRPF si ella abona los gastos (675 euros por cada gemelo durante 4 meses y medio)
Deducción por guardería 83,33€ x 4 meses = 333,33€ x 2 hijos = 666,66€
- Con el ahorro fiscal por no tributar por IRPF por la cantidad pagada por la empresa a la guardería 675€ x 2 hijos = 1.350€
Ahorro fiscal 30% 1.350 = 405€
Le conviene más pagar ella misma la guardería para poder aplicar la deducción por guardería
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Buenos días: Mi nuera creo que tiene derecho a la deducción por gastos de guardería solo por el importe de la matrícula, ya que las cuotas mensuales se pagan mediante una ayuda de la empresa, exenta del IRPF, y por retribución flexible. Si esto es así, ¿ es compatible esta deducción (importe de la matrícula) con la autonómica en Aragón, prorrateada entre los cónyuges? . Muchas gracias y un saludo.
Hola Elsa, gracias por leer y comentar.
En principio estas deducciones son compatibles. Para poder aplicarlas debes cumplir los requisitos exigidos en cada una de ellas.
Saludos cordiales
Buenos días, he mirado mis datos fiscales y no me aparece nada de los gastos de guardería, deberían aparecer? si es sí, al no aparecer no podría deducirme la nueva ayuda de los 1000 euros? Muchas gracias. Un saludo
Hola Gema
Los gastos de guardería deben aparecer en tus datos fiscales. Si no aparecen puede deberse a un error en la declaración que presentó la guardería o a que la guardería no presentará la declaración informativa por no ser un centro autorizado. En este último caso, los gastos de guardería no dan derecho a deducción.
Saludos cordiales.
Buenas tardes, la escuela infantil (autorizada) a la que asiste mi hija presentó el modelo 233 el 7 de febrero, hemos comprobado que todos los datos son correctos no figuran los datos correspondientes en mis datos fiscales.
Hola Natasha
Si cumples todos los requisitos y tienes los justificantes oportunos podrás aplicar la deducción aunque no aparezca en tus datos fiscales. Lo que puede pasar es que Hacienda te requiera para que justifiques la deducción realizada.
Saludos cordiales
Hola!! Hoy he podido revisar los datos fiscales y en el nuevo cheque guarderia me surge una gran duda.
En mi caso mi hijo estuvo de enero a diciembre de 2018 11 meses enteros porque agosto no fue. Los gastos de giarderia superan los 5.000 euros segun aparecen pero el importe a bonificar me marca 700 euros. Yo he trabajado todos los meses y cotizado a la seguridad social. A que crees que se debe que bonifiquen 700 euros y no los 912 euros que calculo yo deberian bonificar?
Gracias
Hola Ana Rosa
Parece que no han marcado todos los meses completos que tu hijo asistió a la guardería o puede que algún mes no cotizaras lo suficiente para poder aplicar los 83,33€ de deducción correspondiente.
Para darte una respuesta más exacta tendría que analizar toda la información.
Recuerda que podemos ayudarte con tu declaración de renta. Contacta con nosotros en jraeconomistas/servicios de renta.
Hola!
Yo tengo dos niños que van a la escuela de 0-3. Si en los meses que hay vacaciones ellos van todos los días lectivos, ¿ Se considera mes entero aunque no sean todos los laborables?
Gracias
Hola Almudena
El Reglamento del IRPF señala que se entenderán incluidos los meses contratados por completo aun cuando parte de los mismos tengan el carácter de no lectivo.
Saludos cordiales
Hola Joaquina,
En la Comunidad Valenciana hay colegios públicos o centros de educación infantil y primaria públicos donde se puede llevar a los niños a partir de los 2 años. ¿En estos casos también se tiene derecho a la desgravación por el comedor y matrícula? ¿Qué sucede si el propio colegio no ha rellenado el modelo 233?
Gracias y un saludo,
Hola Elena
Si son guarderías o centros de educación infantil autorizados, sí.
Estos centros deben presentar el modelo 233. Si no lo hacen, Hacienda requerirá su presentación y podrá sancionarlos si incumplen la normativa.
Saludos cordiales
Buenas tardes,
La ayuda nueva de hasta 1000€ para madres trabajadoras que tengan niños en guarderias sabeis si tambien se aplicara para el proximo año? o es algo solo de 2018? Es para tenerlo en cuenta de cara a la declaracion de 2019.
Gracias!
Hola Nazaret
Se aplica con efectos desde el 1 de enero de 2018 y por tiempo indefinido.
saludos cordiales
Hola Joaquina te cuento mi caso, mi pareja es francesa, no estamos casados pero residimos en Barcelona con nuestro bebé nacido en el 2018. Se da el caso que mi pareja trabaja para una compañía francesa en Francia y tributa sus impuestos allí pero vive en Barcelona con nosotros.
Yo me puedo beneficiar del cheque guardería? Ya que no nos hemos podido beneficiar ni de los 1.200€/año por maternidad (hasta los 3 años) ni por el cheque guardería. Al residir en Barcelona, tampoco se puede beneficiar de nada que venga de Francia.
Gracias
Hola Juanjo
Esta deducción, igual que la de maternidad, requiere que la madre esté dada de alta en la Seguridad Social o mutualidad alternativa. Es decir, que sea trabajadora en España.
Por otra parte, el padre sólo podrá aplicar la deducción cuando se atribuya de forma exclusiva la guarda y custodia del menor.
Así que no reunís los requisitos para poder aplicarla.
Saludos cordiales
Hola buenas tardes
Yo solo estoy dada de alta 1 dia a la semana (4 horas), tendría derecho a la deduccion?? Y a la de maternidad??
Muchas gracias
Hola Juani
Tienes derecho a aplicar estas deducciones si cumples los demás requisitos. Pero no podrás solicitar la devolución anticipada por la deducción por maternidad. Tendrás que esperar a presentar la declaración de renta para disfrutar de ambas deducciones.
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Saludos cordiales y gracias por leer el blog
Hola, mi hijo nació en octubre de 2016, y va a la guardería desde junio de 2017. Entiendo que sólo podemos beneficiarnos a partir del 1 de enero de 2018 y como en septiembre de 2019 comienza el colegio, aunque en septiembre y octubre aún no ha cumplido los tres años al dejar la guarderia para ir al colegio, ambos meses no serán deducibles. Es decir, que nos beneficiaremos sólo del 1/1/2018 al 31/08/2019, verdad?
Hola Alicia, tienes razón.
Por cada mes que cumplas los requisitos podrás deducirte la parte proporcional de 1.000€ en el período comprendido entre el 01/01/18 y el 31/08/19.
Saludos
Hola. Tengo una duda. Si no trabajo de forma continua (ya que cada mes me suelo quedar parada unos días) ¿tengo derecho a la deducción del mes? Es decir ¿si en el mes de marzo trabajo solo 20 días y mi hija esta en la guardería todo el mes, tengo derecho a la deducción del mes completo? Gracias!! El pago es en efectivo.
Hola Mari
El requisito de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad alternativa se entenderá cumplido cuando esta situación se produzca en cualquier día del mes. Es decir, basta con que estés de alta un sólo día. Pero en ese caso, tu cotización será inferior a la deducción permitida mensualmente de 83,333 euros.
Saludos cordiales
Buenas tardes Joaquina,
Trabajo 35 horas a la semana y mi hijo fue a la guardería en 2018 de enero a julio. De guardería descontando la subvención que concede La Generalitat pagamos 209 euros mensuales.
A mi marido en abril de 2018 le pagaron una ayuda por acudir nuestro hijo a la guardería por valor de 300 euros. De esos 300 euros le retuvieron 17,12% IRPF. Es decir son 300 euros en bruto ( salen en la parte de devengos en la nómina).
Cómo se yo realmente lo que tengo que restarle al total sobre esos 300 euros brutos?
Según mis cuentas mi deducción sería de 83,33 x 7 meses completos = 583,31 euros que podría quitarme.
Pero no sé si a esos 583 les tengo que restar los 300 , ni cómo los va a declarar la empresa porque en la nómina sale como «fondo social».
Gracias por tu ayuda.
Hola Ana, gracias a ti por leer el blog.
Si la empresa ha retenido sobre esos 300€ parece que no los considera como renta exenta por lo que no se tendría en cuenta a la hora de calcular los gastos que dan derecho a la deducción.
Lo podrás comprobar cuando la empresa le de el certificado de retenciones de 2018.
Saludos cordiales
Buenos dias,
Gracias por info y la dedicacion.
Quieria preguntar por mi caso que es un poco diferente. Mi niña estava en guarderia 4 meses en año 2018. 1 Mes se pago directamente y 3 meses con cheque de empresa.
Aparte de esto se pago la incripcion y las pagas extras. En mi caso puedo descontar 4x83Euros o solamente 1 mes?
Gracias,
Hola Dario
Para calcular la deducción se tienen en cuenta los gastos totales satisfechos en el año (sin subvenciones ni cheques empresa) y el número de meses en que se cumplen las condiciones. Hacienda desconoce si un mes se paga con cheque empresa o directamente.
Saludos cordiales