El cheque guardería, en forma de deducción de IRPF, da un respiro a las familias con niños pequeños cuyos padres trabajen. Las madres trabajadoras pueden beneficiarse de una deducción de hasta 1.000 euros por gastos de escolarización de niños de hasta 3 años de edad.
Dos son los objetivos de esta medida que se aprobó con efectos desde 2018:
- Estimular la incorporación de la mujer al mercado laboral y
- Facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral y el acceso del hijo menor de 3 años al primer ciclo de la educación infantil.
El cheque guardería mejora la deducción por maternidad
Deducción por maternidad
Es una prestación que reciben las mujeres trabajadoras por cada hijo menor de 3 años nacido o adoptado en territorio español.
Puedes hacerla efectiva:
- Presentando la declaración de la renta y aplicándola en ese momento.
- Solicitando el abono anticipado. En este caso, si presentas la declaración deberás declararla pero no la descontarás de la cuota diferencial.
Esta ayuda, vigente desde el año 2003, se regula en la Ley del IRPF (artículo 81).
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Requisitos para aplicar la deducción por maternidad desde el 1 de enero de 2023
Mujeres con hijos menores de 3 años con derecho al mínimo familiar por descendientes:
- Que en el momento del nacimiento del menor perciban prestaciones contributivas o asistenciales del sistema de protección de desempleo.
- Que en el momento del nacimiento del menor estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
- o en cualquier momento posterior al nacimiento estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad con un periodo mínimo de 30 días cotizados.
En los supuestos de adopción o acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, la deducción se podrá practicar, independientemente de la edad del menor, durante los 3 años siguientes a la fecha de la inscripción en el Registro Civil. Si la inscripción no es necesaria, la deducción se podrá practicar durante los 3 años siguientes a la fecha de la resolución judicial o administrativa que la declare.
Deducción por maternidad, cuantía a partir de 2023
El importe de la deducción por maternidad correspondiente a cada hijo es de hasta 1.200 euros anuales, por cada hijo menor de 3 años. Se calcula de forma proporcional al número de meses en que se cumplan los requisitos señalados (1.200/12 = 100 euros por mes)
- Siempre que durante estos meses no se perciba por ninguno de los progenitores y para este menor el complemento de ayuda para la infancia.
- Si en 2022 se ha tenido derecho a la deducción por maternidad y al complemento de ayuda a la infancia, se podrá seguir practicando la deducción por maternidad en 2023 aunque se siga cobrando este complemento, siempre que se cumplan el resto de requisitos.
- Cuando se produzca el alta en la Seguridad Social o mutualidad alternativa después del nacimiento del menor, la deducción correspondiente al mes en que se cumplan 30 días cotizados se incrementará en 150 euros.
¿Quién tiene derecho a esta deducción?
La madre trabajadora.
En el caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre o, en su caso, a un tutor, siempre que se cumplan los requisitos necesarios para aplicar esta deducción, éste tendrá derecho a la práctica de la deducción pendiente.
Deducción por maternidad, momento de cobro
Las mujeres trabajadoras con hijos menores de 3 años tienen derecho a percibir la deducción por maternidad desde el mes de su nacimiento hasta el mes anterior a que el niño cumpla los 3 años de edad.
Pueden solicitar el abono de la deducción de forma anticipada, por importe de 100 euros al mes por cada hijo. Si no lo hacen, podrán aplicar esta deducción en su declaración de la renta.
Ejemplo de deducción por maternidad
Número de meses de cumplimiento de los requisitos: 10 meses; 10 meses x 100€ = 1.000€
Límite de la deducción por hijo: 800€
Deducción por maternidad: 800€ +800€ = 1.600€
Esta trabajadora puede solicitar la deducción anticipadamente o cuando presente la declaración de Renta 2023.
Cheque guardería
Esta mejora de la deducción por maternidad se aprobó con efectos desde el 1 de enero de 2018.
Es una prestación adicional a la deducción por maternidad. Así, si tienes derecho a la ayuda por maternidad podrá incrementarse el importe que recibes si satisfaces gastos de guardería.
Cheque guardería, requisitos
- Los necesarios para aplicar la deducción por maternidad
- Satisfacer en el período impositivo gastos de custodia del hijo menor de 3 años en guarderías o centros de educación infantil autorizados.
Para controlar esta deducción, las guarderías o centros de educación infantil autorizados deberán presentar una declaración en Hacienda. Se trata del Modelo 233. Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados. Deberán hacerlo durante el mes de enero, cumplimentando la información del año anterior:
Guardería o centro de educación infantil autorizado
Como la ley utiliza el término guardería, ha creado confusión respecto a si los gastos satisfechos por labores de custodia de niños realizadas por ludotecas, campamentos infantiles, locales de mera custodia, etc. a entidades que cuentan con licencia municipal o autonómica pero no con la autorización de la administración educativa dan derecho a aplicar esta deducción.
Hacienda no permitía que los gastos abonados a las guarderías que no tuvieran la autorización de la administración educativa competente se consideraran para aplicar esta deducción.
Pero el Tribunal Supremo, en la sentencia 7/2024, de 8 de enero de 2024 (recurso de casación 2779/2022) establece que la deducción afecta a todas las guarderías (que deben contar con autorización municipal por cuestiones de seguridad o salubridad) y no sólo a los centros de educación infantil (que además cuentan con autorización autonómica que les permite impartir el primer ciclo de educación infantil).
Si quieres saber más:
Con esta sentencia el Tribunal Supremo unifica el criterio de juzgados y tribunales y corrige la interpretación restrictiva de la deducción aplicada por la administración.
Gastos de custodia
Para el cheque guardería se consideran gastos de custodia las cantidades pagadas a guarderías y centros de educación infantil por:
- la prescripción y matrícula de dichos menores
- la asistencia en horario general y ampliado
- y la alimentación
siempre que se hayan producido por meses completos y no tuvieran la consideración de rendimientos del trabajo en especie exentos.
Los padres no tienen que comunicar nada a Hacienda porque ya se encarga de hacerlo la guardería.
Al hacer la declaración de la renta las madres trabajadoras que tengan derecho a esta ayuda cumplimentarán la casilla correspondiente a esta nueva deducción. Hacienda cruzará datos con el modelo 233 que presentaron las guarderías y con el modelo 190 que presentaron las empresas que pagaron con cheques guardería.
Consulta aquí la información que ofrece Hacienda sobre el modelo 233.
Período impositivo en el que el menor cumpla 3 años
En el ejercicio en el que el hijo cumpla 3 años, podrá aplicarse la deducción hasta el mes anterior a aquél en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil. Aunque haya cumplido los 3 años con anterioridad.
Por ejemplo, si tu hijo cumple los 3 años en mayo podrás aplicar la deducción por el cheque guardería hasta agosto. En septiembre comenzará el segundo ciclo de educación infantil.
El nuevo #ChequeGuardería del IRPF permite deducir los gastos de escolarización hasta que tu hijo comience el segundo grado de educación infantil #Renta2023 Compartir en X
Cheque guardería, cuantía
El importe máximo del cheque guardería es 1.000 euros anuales (83,33 euros mensuales). Se aplicará proporcionalmente al número de meses en que se cumplan los requisitos exigidos para esta ayuda.
Límite por cada hijo. La menor de estas cantidades:
- las cotizaciones a la Seguridad Social y Mutualidad alternativa devengadas en cada período con posterioridad al nacimiento o adopción.
- El importe total del gasto efectivo no subvencionado pagado en dicho período a la guardería o centro educativo en relación con ese hijo.
Cheque guardería, momento de cobro
Al contrario que la deducción por maternidad, no se puede solicitar el abono anticipado del cheque guardería. Deberás esperar a presentar la declaración de la Renta.
El nuevo #ChequeGuardería del IRPF no puede solicitarse anticipadamente. Deberás esperar a presentar la #Renta2023 Compartir en X
Como hemos visto, el cheque guardería es una ayuda que concede Hacienda. Es un dinero que recibes independientemente de que te corresponda pagar impuestos o no. Da igual que no te hayan retenido nada. Si cumples los requisitos, tendrás derecho a esta deducción.
Por eso, aunque no estés obligada, te interesa presentar la declaración de renta para beneficiarte de la deducción por gastos de guardería ya que no se puede solicitar anticipadamente.
Ejemplo de la deducción por nuevo cheque guardería
Supongamos que, en el ejemplo anterior, la trabajadora ha abonado a la guardería por cada gemelo 675 euros en 2023 (75 euros por medio mes de agosto y 150 euros mensuales de septiembre a diciembre).
Además de la deducción por maternidad (1.600€ en total) tiene derecho a aplicar el cheque guardería por importe de:
Importe de la deducción: 1.000€ anuales o 83,33€ mensuales. 83,33€ x 4 meses = 333,33€
Límite de la deducción por hijo: la menor de las siguientes cantidades
- cotizaciones devengadas con posterioridad al nacimiento: 800€
- gastos en guardería: 675€
Importe total del cheque guardería: 333,33€ + 333,33€ = 666,66€
Importe total de las deducciones 1.600€ + 666,66€ = 2.266,66€
¿Conviene más la deducción por guardería o la retribución en especie exenta?
Habrá que comparar el importe obtenido si se aplica la deducción con el ahorro fiscal por no tributar por el cheque guardería que paga la empresa.
Deberá comparar
- la deducción por guardería que puede aplicar en su IRPF si ella abona los gastos (675 euros por cada gemelo durante 4 meses y medio)
Deducción por guardería 83,33€ x 4 meses = 333,33€ x 2 hijos = 666,66€
- Con el ahorro fiscal por no tributar por IRPF por la cantidad pagada por la empresa a la guardería 675€ x 2 hijos = 1.350€
Ahorro fiscal 30% 1.350 = 405€
Le conviene más pagar ella misma la guardería para poder aplicar la deducción por guardería
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Buenos días.
En la guardería me han comentado que si por enfermedad el niño no ha acudido algun día a la guarderia, aunque se pague el mes completo, ese mes no se puede deducir ya que para hacienda no ha sido el mes completo.
Es correcto???
Hola Sonia
El artículo 81 de la Ley del IRPF señala «A estos efectos se entenderán por gastos de custodia las cantidades satisfechas a guarderías y centros de educación infantil por la preinscripción y matrícula de dichos menores, la asistencia, en horario general y ampliado, y la alimentación, siempre que se hayan producido por meses completos».
Es decir, sólo se tendrán en cuenta los meses que hayas pagado por el mes completo. Así si, por ejemplo, sólo pagas medio mes de julio, este mes no se considerará para practicar la deducción.
Saludos cordiales
Hola Joaquina,
estoy siguiendo de cerca tus respuestas a los comentarios y en unos hablas que te deduces 83.33€ por cada mes completo de guardería y en otros hablas de que se devuelven 83,33€.
En la respuesta a este comentario, luis el 17 enero, 2019 a las 9:22 am, dices que se devolverán los 83,33€ y en la respuesta a este comentario,José Luis el 14 enero, 2019 a las 1:18 pm, hablas de deducción.
Devolver y deducir para mi son dos términos diferentes ya que en el primero entiendo que hacienda directamente te devuelve 83,33€ en el resultado de la declaración y en el segundo es que liberas de impuestos 83,33€ por lo cual en los calculo de la declaración tendrías 83,33€ libres de impuestos por lo que solo recibes un proporción.
Por favor, aclárame si en una declaración sin el cheque por gastos me sale a devolver 100€, si al meter 1 mes de guardería, me saldría 183,33€ o algo mas de 100€.
Hola José Luís
La ley del IRPF establece esta ayuda como una deducción de la cuota diferencial. Pero se trata de un impuesto negativo porque aunque tu cuota diferencial (el resultado de la declaración) sea cero podrás aplicar la deducción y en ese caso te saldría a devolver el importe íntegro de ésta.
Por ejemplo, tu cuota diferencial es 1.200€. Eso significa que antes de considerar esta deducción te saldría a pagar 1.200€. Si tienes derecho a aplicar la deducción por su cuantía máxima (1.000€), el resultado del IRPF sería 1.200 – 1.000 = 200€ a pagar.
Pero si tu cuota diferencial es -100€ significa que antes de aplicar la deducción el resultado de tu declaración es a devolver 100€. Al aplicar la deducción por su cuantía máxima, la devolución pasa a ser de 1.100€.
Espero haber aclarado tus dudas.
Saludos cordiales
Hola, las ludotecas también están incluidas en esta bonificacion?.
Hola Sergio
Para poder aplicar esta deducción debe tratarse de una guardería o un centro de educación infantil autorizado. Si la ludoteca no está autorizada por la Comunidad Autónoma no podrás practicar la deducción por los gastos que te ocasiones.
Saludos
Hola, me surgen tres dudas:
1- En está desgravación de 1000 euros siempre se habla de maternidad, siendo pareja de hecho y saliendo el cobro de la guardería por parte del padre también me puedo beneficiar??
2- Si mi hija empieza este año la guardería, no tengo que hacer nada hasta enero 2020??
3- Mi empresa me ofrece Retribución Flexible. La guardería me cuesta 145 euros y me retienen un 20% IRPF, cual de las dos opciones ya que tengo que elegir una me es más interesante???Muchas gracias de antemano, un saludo.
Hola Jacinto
1. Esta ayuda es para las madres trabajadoras, así que tú no la podrás aplicar.
2. Si tu hija empieza la guardería este año, la madre podrá solicitar la deducción en la declaración de la renta de 2019 que se presenta en la primavera de 2020.
3. Para ver qué opción es más rentable hay que hacer cálculos. Si quieres, contacta con nosotros y estaremos encantados de ayudarte.
Saludos cordiales y gracias por leer el blog
Mi marido paga 130€ mensuales de guardería más a parte gastos de comedor,si consta él como pagador no me devolverían a mí siendo madre trabajadora?porque de ser así,cambiaré la cuenta y empezaré a pagar yo,gracias!
Hola Romina
Da igual si paga un progenitor u otro. Si reúnes los requisitos, te corresponderá esta ayuda, aunque los gastos de guardería los pague tu marido.
Saludos cordiales
Buenas tardes, no me queda claro una cosa. Nosotros tenemos q presentar algun documento o es la guardería la que se encarga? Nos tenemos q poner en contacto con la guardería para decirle q lo presente? Un saludo
Hola Carmen
Tú no tienes que presentar nada. La guardería se encarga de todo.
Saludos cordiales
Hola joaquina..a través de mi nómina, mi empresa paga a,la guardería la cuota mensual. Según tu articulo en la información que debe comunicar la guardería ..en el punto 6 indicas que da igual quien pague ..madre, padre..empresa .. por tanto he entendido que sería beneficiada por la deducción de la renta de 1000 euros pero luego he visto comentarios y tus respuestas y ya no me queda tan claro.
Me lo puedes confirmar?
Gracias
Hola Mamen
Hacienda se entera de que tu empresa te paga una cantidad exenta de IRPF en concepto de cheque guardería porque así lo declara en el modelo 190 de retenciones anuales.
Así Hacienda sabe lo que le informa la guardería (importe total y parte subvencionada) y lo que le informa la empresa (parte correspondiente al cheque guardería). Podrá determinar la parte que ha salido del bolsillo de los padres sin ninguna bonificación.
Por ejemplo, la guardería informa que la plaza de tu hijo tiene un coste anual de 1.000 euros y está subvencionada en 100 euros. Por otra parte, tu empresa o la del otro progenitor, informa que ha pagado un cheque guardería por importe de 500 euros. Hacienda puede saber que lo que has pagado por gastos de guardería es 1.000 – 100 – 500 = 400 euros
Saludos cordiales
Hola Joaquina
Ayer escuche en la televisión (tve 1) que la agencia tributaria había realizado un comunicado aclarando que las guarderías eran la que tenian que informar en el modelo 233 a la agencia tributaria y no los padres,que el niño esta inscrito en la guardería.
He leído en prensa ( no en la agencia tributaria), que si la madre no se puede deducir los 1.000 €, lo puede hacer el padre, el tutor, el progenitor o el adoptante.
Mi pregunta es la siguiente, si mi mujer durante el 2018 no trabaja. ¿ el padre puede deducírselo en la declaración de la renta del 2018?
un saludo
Hola David,
Si la madre no trabaja no se cumplen los requisitos para poder aplicar esta deducción.
Saludos cordiales
Buenas tardes Joaquina,
Yo voy a cogerme una excedencia de marzo a septiembre y hasta ahora he pagado la guardería con cheque de mi empresa. Si dejo de hacerlo desde el mes que viene (marzo), ¿tengo derecho a la devolución, puesto que cotizaré el resto de meses que no estoy de excedencia, o no tengo derecho porque tienen que coincidir los meses en los que pago la guardería sin cheque con los que estoy efectivamente trabajando?
Hola Beatriz
A Hacienda le llega información de los meses en que has cotizado y de los meses completos que tu hijo ha ido a la guardería y puede cruzar esta información.
Saludos cordiales
Mi hija trabaja a tiempo parcial (28 horas semanales) por lo que tiene unos ingresos anuales que no llegan a 9.000,00 €; por lo que no tiene obligación de hacer la declaración de hacienda ni le efectúan retenciones de IRPF.
Si para poder trabajar se ve obligada a llevar a su hijo de pocos meses a una guardería, pagando cerca de 200 € mensuales, como puede deducir los 1.000,00 € anuales si no ha pagado nada, y, por tanto, no le puede salir la declaración a devolver.
Quiero creer que se me puede estar escapando algo, porque no sería lógico que las madres que menos cobran no puedan tener este pequeño beneficio.
Hola Luis
Esta deducción es una ayuda que concede Hacienda a través del IRPF. Si eres madre trabajadora y cumples los requisitos, al hacer la declaración de la renta te saldrá a devolver 83,33 euros por cada mes que cumplas estos requisitos. Incluso si no te han retenido nada. Por eso debes presentar la declaración de la renta aunque no estés obligada. Para recibir esta prestación.
Es lo mismo que sucede si no has pedido el cobro anticipado de la deducción por maternidad. Los 100 euros mensuales te los dan por anticipado si los pides (y cumples los requisitos). Pero si no los pides anticipadamente puedes obtenerlos al hacer la declaración, incluso si no te han retenido nada.
Saludos cordiales y gracias por leer el blog
Buenas noches! Muchas gracias por la explicación..me surge una duda..y pongo un ejemplo real, mi hijo en diciembre de 2018 solo fue a la guardería 8 días, que los pagué sueltos, fueron 64€…el mes de diciembre me cuenta como entero (y por tanto 83,33€) o simplemente no contará? Gracias
Hola Txell
Puesto que pagaste días sueltos y no el mes completo no puede contar como entero.
Saludos
Hola, trabajo en una Escuela Infantil Municipal conveniada y esta ley nos ha cogido un poco de sorpresa. ¿ El modelo 233 lo tiene que elaborar el director del Centro o el Ayuntamiento?
También creo que necesitamos la autorización del Centro expedida por la Administración Educativa competente, ¿hay que pedir una actualizada o la de cuando se abrió el Centro?
Gracias
Hola María, gracias a ti por leer y comentar
Esta declaración debe presentarla cuando se trata de centros de titularidad pública:
– la guardería o centro infantil si dispone de NIF propio
– si no dispone de NIF, la entidad pública por todos los centros que sean de su titularidad.
Si se trata de una guardería o centro de educación infantil privado, será el propio centro el obligado a presentar el modelo 233.
Saludos cordiales