La nueva ley de autónomos es una de las primeras leyes que se van a tramitar en esta legislatura.

La  propone Ciudadanos con el apoyo del PP, aunque pretende contar con el acuerdo de las demás fuerzas políticas.

Pide que en el primer mes de gobierno se aprueben las reformas urgentes del trabajo autónomo para reducir las cargas administrativas de este colectivo y mejorar su protección social.

Vamos a analizar detalladamente la Proposición de Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo para ver si recoge las reivindicaciones de este colectivo.

Medidas para reducir las cargas administrativas que soportan los autónomos

Modular los recargos por el ingreso fuera de plazo

Del 3% si la cuota debida se abona en el mes siguiente al del vencimiento del plazo al 20% si se paga a partir del tercer mes. En la actualidad, si se paga la cuota un día más tarde, el recargo es el 20% y se pierde el derecho a aplicar la bonificación para ese mes.

Determinar la condición de habitualidad en actividades realizadas por autónomos

Se entenderá que la actividad que realiza un trabajador por cuenta propia no es habitual cuando los rendimientos netos obtenidos por dicha actividad no superen el umbral del salario mínimo interprofesional computado en el año natural.

Hasta ahora, aunque la jurisprudencia establece que si sus ingresos son inferiores al SMI no tienen obligación de darse de alta como autónomos, no existe un criterio claro y fijado normativamente. Se genera así una situación de inseguridad jurídica a la hora de decidir darse de alta o no en el RETA, como ya analizamos en Cuándo es obligatorio darse de alta en la Seguridad Social.

Modificar el régimen de altas y bajas

Las cuotas correspondientes al mes en el que se produzcan las altas o bajas en el RETA se computarán desde o hasta el día en el que se produzcan y no por el mes completo como sucede en la actualidad. Si un autónomo se da de alta el día 20 de este mes, paga el mes completo. Esta medida pretende que se cotice por los días que efectivamente esté de alta ese mes.

Se podrá cambiar 4 veces al año la base de cotización

La ley actual sólo permite cambiar en abril y en octubre.

Medidas de reforma de la cotización de los autónomos

Los autónomos con rendimientos netos inferiores al SMI no tendrán la obligación de cotizar por cuotas fijas

Cuando se apruebe el Reglamento se establecerá la forma de cotizar, por lo que esta medida tardará mas tiempo en aplicarse.

Será compatible la realización de trabajos por cuenta propia con la percepción de una pensión de jubilación

Las cotizaciones por estas actividades no generarán nuevos derechos sobre las prestaciones de la Seguridad Social del autónomo y serán destinadas a incrementar los recursos generales del sistema.

Ahora es compatible trabajar por cuenta propia y percibir la pensión si los ingresos anuales no superan el SMI y no es necesario cotizar por realizar esta actividad.

Se amplía la cuota reducida de 50 euros a 12 meses

Para nuevos autónomos o para los que no hubieran estado de alta en los dos años inmediatamente anteriores.

En la actualidad, la cuota reducida de 50 euros es por 6 meses y tienen que haber pasado más de 5 años desde el último ejercicio de la actividad para poder beneficiarse de esta tarifa.

Mejora de la protección social de los autónomos

Se modifica la prestación por cese de actividad

Se pretende agilizar su tramitación y extender su duración para ir equiparándola a la prestación por desempleo de los trabajadores por cuenta ajena. Hoy en día es tan complicado cobrarla y las cantidades son tan pequeñas que muy pocos autónomos cotizan por ello.

Se crea un subsidio por cese de actividad

Para autónomos que hayan agotado la prestación por cese de actividad. Será similar al subsidio de los desempleados que eran trabajadores por cuenta ajena.

Medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral y familiar de los autónomos

Se exceptúan a los autónomos económicamente dependientes de la prohibición de contratar a un trabajador por cuenta ajena o subcontratar parte de su actividad en supuestos de familiares a cargo, maternidad, o incapacidad temporal, así como ante circunstancias excepcionales de acumulación de pedidos.

Se mejoran también las bonificaciones por cuidado de familiares, por períodos de descanso por maternidad, adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo, suspensión por paternidad y para las trabajadoras por cuenta propia que se reincorporen a su actividad después de la maternidad.

Estas medidas pretenden equiparar la prestación social de los autónomos con la que disfrutan los trabajadores por cuenta ajena.

Cotización de los autónomos por formación profesional

Conforme a la cuota de formación profesional establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año.

Se pretende que los autónomos puedan acceder a los mismos recursos de formación para el empleo que los trabajadores por cuenta ajena, ampliando así sus oportunidades para crecer y ser competitivos.

Medidas relacionadas con la fiscalidad

Tratamiento fiscal de los gastos de los autónomos en el ejercicio de su actividad

  • Deducir al 50% en el IRPF los gastos relacionados con el vehículo parcialmente afecto a la actividad económica, como permite el IVA. Se corrige de esta manera la diferenciación que existe en IVA e IRPF para los mismos supuestos.
  • Los autónomos que realicen actividades económicas sin local afecto podrán deducirse el 20% de los suministros de agua, gas y electricidad, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior.

Devolución del IVA al adquirir bienes de inversión

Los autónomos podrán solicitar la devolución del IVA por la adquisición de bienes de inversión en cualquier período de liquidación y no sólo en el cuarto trimestre como sucede en la actualidad.

La nueva ley de autónomos considera que se aligerará así la carga financiera de los autónomos. También podrá servir de estímulo para realizar inversiones.

Modificación del criterio especial del régimen de caja del IVA

Permite retrasar el devengo y con ello el consiguiente ingreso del IVA repercutido hasta el momento del cobro. Se elimina el límite para retrasar el devengo del IVA hasta el 31 de diciembre del ejercicio siguiente al de emisión de la factura.

Reforma del mecanismo de segunda oportunidad

Se establece que si, durante el concurso, la liquidación afecta a la vivienda habitual de un deudor en circunstancias económicas y familiares de vulnerabilidad, el juez podrá decretar la dación en pago de la vivienda y la concesión de un derecho de ocupación temporal de la misma a favor del deudor y su familia

  • por un plazo máximo de tres años
  • con un alquiler social que no podrá superar el 30 por ciento de los ingresos de la unidad familiar del deudor.

Se flexibilizan las condiciones para acceder al beneficio del pasivo insatisfecho tras declararse la conclusión del concurso de acreedores por liquidación. Se amplía este beneficio a todos los créditos pendientes del deudor, incluidas las deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

Elimina la figura del plan de pagos, que obligaba al deudor a responder por el pasivo que no hubiera sido exonerado al menos durante los cinco años siguientes a la declaración provisional del beneficio.

Se flexibiliza el acceso al sistema extrajudicial de pagos para

  • permitir la negociación de las deudas con Hacienda y la Seguridad Social que antes estaban incluidas
  • equiparar los porcentajes necesarios para alcanzar un acuerdo con los acreedores a los previstos para el convenio del concurso de acreedores.

Conclusión sobre la nueva ley de autónomos

La mayoría de estas propuestas son muy necesarias y afectan a cerca de 3,5 millones de trabajadores por cuenta propia. Si se  consigue el acuerdo para aprobar estas medidas fiscales y de Seguridad Social se dará un impulso importante a este colectivo para que sus negocios se estabilicen, crezcan y sean más competitivos.

Esperemos que la tramitación de la nueva ley de autónomos sea rápida y que se apruebe sin reducir todas las reivindicaciones que llevan realizando los trabajadores por cuenta propia desde antes de la crisis.

Y a ti, ¿qué te parecen estas propuestas? ¿Introducirías alguna más? Comparte en los comentarios tus opiniones al respecto.

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